SCJN va por inconstitucionalidad del delito de ultrajes a la autoridad en Veracruz

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CIUDAD DE MÉXICO.— En una decisión que implicará la liberación inmediata de cientos de reos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se perfila para echar abajo este lunes dos polémicos artículos del Código Penal de Veracruz que permiten detenciones bajo el delito de ultrajes a la autoridad.

⇒ El proyecto de Acción de Inconstitucionalidad 66/2021, elaborado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, propone declarar inconstitucionales los artículos 331 y 371 del código veracruzano, tras llegar a la conclusión de que violan los derechos a la libertad de expresión y a la información, además de que ponen en riesgo el ejercicio del periodismo. 

Este domingo, el Congreso de Veracruz, con mayoría de Morena, sesionó de manera extraordinaria y virtual, para aprobar con 33 votos a favor, 15 en contra y una abstención, la iniciativa de reforma al artículo 331 del Código Penal estatal, enviada por el gobernador, que deja intacto el delito, al solo elimina dos párrafos del mismo.

https://twitter.com/alcalorpolitico/status/1498364764187238400?s=20&t=nFxxl1BWzIM5T8qn3EBOdQ

Ante la posible derrota en la SCJN, el gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García, publicó este domingo una carta a los ministros en la que advierte que “de declararse inconstitucional el delito de ultrajes a la autoridad, se creará un vacío legal ante hechos y conductas que en la realidad suceden, que no se podrán sancionar con otros delitos”.

También advirtió que “las personas que estén en prisión por haber cometido este ilícito, quedarían en libertad, por lo que este hecho causará un precedente jurídico y obligatorio a nivel nacional, toda vez que este tipo penal y el bien jurídico que tutela se encuentran presentes en la legislación penal de la mayoría de los Estados que integran la federación”.

⇒ De acuerdo con Milenio, si la SCJN declara inconstitucionales ambos artículos, en un plazo no mayor a 48 horas los detenidos por injurias a la autoridad y “halconeo” podrán solicitar a un juez su liberación inmediata.

En el proyecto, el ministro Pardo Rebolledo hizo una lapidaria crítica a la forma en que ambos artículos están redactados, al considerar que abren la vía a detenciones injustas, basadas sólo en interpretaciones subjetivas. No sólo eso: tienen efectos nocivos sobre la sociedad veracruzana.

⇒ En el caso del artículo 331, el Código Penal de Veracruz establece que se impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa hasta de cuarenta días de salario a quien amenace o agreda a un servidor público en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas.

Para el ministro, esa redacción describe conductas que son sumamente abiertas en referencia a que cualquier policía o MP puede interpretar las palabras, expresiones o movimientos de una persona como una injuria. Lo que “representa una limitante a la libertad de expresión, pues penaliza la expresión de los ciudadanos frente a las autoridades”.

En su exposición de motivos, el ministro Pardo Rebolledo fue más allá y advirtió que el artículo 331 del Código Penal veracruzano genera no sólo un efecto inhibitorio de la libertad de expresión, sino miedo entre la ciudadanía ya que cualquier tipo de opinión, puede ser causante de acción penal por parte del Estado.

En lo que toca al artículo 371, el proyecto considera que contraviene el derecho a la información, además de que la norma “no es clara ni precisa y que tiene un impacto desproporcional sobre un sector de la población: el gremio periodístico” ya que criminaliza toda la información relativa a la seguridad pública.

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Derogan fracciones del Código Penal de Veracruz sobre ultrajes a la autoridad

AM.MX/dsc

Redacción/dsc
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Periodista en crecimiento; siempre buscando algo que contar.

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