Semovi publica los nuevos lineamientos para ‘bicis’ y scooters en CDMX

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Está prohibido estacionar unidades en las franjas peatonales, de fachada y acceso peatonal a predios; cruces y rampas peatonales. Foto: Cuartoscuro

CIUDAD DE MÉXICO, 26 de marzo (AlMomentoMX).— La Secretaría de Movilidad (Semovi) publicó los lineamientos que regula la operación de bicicletas y scooters sin anclaje en la Ciudad de México.

El aviso, publicado en la Gaceta Oficial, no contempla contraprestación de las empresas a la ciudad por el uso del espacio público. Tampoco define la obligatoriedad en el uso de casco para los usuarios.

Estos lineamientos autoriza a las empresas que reciban permiso la operación, a partir del 15 de abril, de mil 483 bicicletas y 856 monopatines, que podrán operar en las tres alcaldías que ya lo hacen: Miguel Hidalgo, Benito Juárez y Cuauhtémoc.

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El objetivo de los presentes lineamientos es regular la operación de los servicios que prestan las personas morales que componen los sistemas de transporte individual sustentable de la Ciudad de México, en adelante ‘SiTIS’, dio a conocer la dependencia en la Gaceta Oficial.

Entre las reglas que deberán seguir las empresas operadoras están:

  • Brindar servicio de 05:00 a 00:30 horas de lunes a domingo, los 365 días del año.
  • Evitar obstrucciones, aglomeraciones o quejas.
  • Reubicar en máximo dos horas los vehículos fuera de puntos permitidos. En caso de ser sacados del polígono autorizado se darán 24 horas para su reubicación.
  • Alcanzar máximo 25 kilómetros por hora, contar con GPS, número de identificación, entre otros.
  • No estará autorizado el cobro de viajes menores a tres minutos en caso de que el usuario haya reportado una falla.
  • Se  prohíben el uso de tarifas dinámicas para los servicios de estas unidades, las cuales sólo podrán ser contratadas por mayores de 18 años.

Para seguridad de los usuarios, los operadores deberán contratar una póliza de seguro por un monto de al menos mil 500 veces la unidad de cuenta de la Ciudad de México vigente, y con cobertura en caso de muerte accidental, pérdidas orgánicas, reembolso por gastos médicos, reembolso por gastos funerarios, responsabilidad civil por daños materiales y por daños a personas.

De acuerdo con los lineamientos, las empresas están obligados a entregar información operativa a Semovi, pero resguardando datos personales de los usuarios. Además, hacer campañas de promoción del Reglamento de Tránsito y uso de la vía pública. Los lineamientos entrarán en vigor este mismo martes.

La Semovi diseñó los espacios permitidos para estacionar los scooters y las bicicletas que incluyen aceras con ancho mínimo de 2.80 metros y cuando no haya otro espacio autorizado en 140 metros de radio.

Además, se destinarán espacios en el arroyo vehicular llamados punto de arribo que son cajones parecidos a los que se utilizan en los parquímetros. Estos espacios estarán señalizados vertical y horizontalmente y podrán estar delimitados con bolardos.

Se determinó prohibir el estacionamiento de bicicletas y scooters en:

  • Franjas peatonales, franjas de fachada y acceso peatonal a predios.
  • Acceso a estaciones de transporte público masivo y semimasivo, así como paradas de transporte público colectivo.
  • Frente a señalamientos de emergencia e hidrantes, así como zonas de concentración o delimitadas por protocolos de protección civil.
  • Carriles de circulación vehicular.
  • Estacionamiento para personas con discapacidad y áreas de carga y descarga.
  • Rampas de acceso vehicular a predios.
  • Infraestructura para la movilidad y mobiliario urbano, como cicloestaciones de ECOBICI y dispositivos de control de tránsito.
  • Cajones del programa de ordenamiento del estacionamiento en la vía pública, incluyendo cajones para motocicleta y de servicios especiales, excepto aquellos destinados a las unidades de servicio del SiTIS.

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AM.MX/dsc

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