LABORALES: Contrato colectivo de trabajo

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Por: José Dávalos

 

El contrato colectivo de trabajo es uno de los derechos más preciados de los trabajadores. Como resultado de su lucha sindical con el patrón, los trabajadores establecen los derechos que van conquistando en la empresa arriba de los mínimos establecidos en la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo.

 

Ahí se establece la jornada de trabajo máxima en la empresa, los descansos, las vacaciones, el salario, el pago del tiempo extraordinario, el aguinaldo y todas las demás prestaciones que recibe el trabajador por su trabajo. Estas bases del trabajo en la empresa son resultado de la estira y afloja en la negociación del sindicato con la empresa.

 

Los beneficios que contiene el contrato colectivo para los trabajadores forman parte del salario de los trabajadores cuando reclaman a la empresa una indemnización. Para esta finalidad, el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.

 

El contrato colectivo abarca a todos los trabajadores de la empresa, los de base y los de confianza, hombres y mujeres, los antiguos y los de nuevo ingreso. Ningún trabajador está excluido de los beneficios del contrato.

 

Los trabajadores de confianza también están comprendidos en el contrato, a no ser que en el mismo contrato el sindicato y la empresa hayan acordado no incluir a los trabajadores de confianza. De todos modos, estos trabajadores por lo menos tienen los beneficios mínimos de los trabajadores de base.

 

Las condiciones de trabajo están basadas en el principio de igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en la Ley y son proporcionales a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias o exclusiones por ningún motivo. Son iguales para quienes tienen igual trabajo, desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales.

 

Los trabajadores pueden conseguir mejores beneficios organizándose en sindicatos. Aislados no son siquiera escuchados por el patrón. Su lucha la presentan los trabajadores de la empresa, organizados en un frente consciente y sólido, sabiendo hacia donde van y qué beneficios deciden obtener.

 

El contrato colectivo es una institución democrática y conquista de los trabajadores.

 

josedavalosmorales@yahoo.com.mx

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