viernes, abril 19, 2024

LA COSTUMBRE DEL PODER: Alientan la confrontación entre originarios y mexicanos V/VIII

*Lector, ¿Qué ha cambiado? Ni la Ley de 2011 ni la que ahora proponen, insertarán a los pueblos originarios en esa 4T, que todavía es un espejismo

 

Gregorio Ortega Molina

En la administración pública los políticos hacen su cochinero para garantizar su clientela electoral y sus bases “sociales” y a sus golpeadores, pero somos los que pagamos impuestos y sí salimos a trabajar, los que sufrimos las consecuencias de sus sabias decisiones y acertadas componendas.

     Terminan por crear leyes que sólo profundizan los irresolubles problemas y favorecen los enconos verbales de los mexicanos contra sus gobernantes, y entre miembros de la sociedad que comparten, sin darse cuenta que se agraden a ellos mismos, los de siempre, los de mañana.

     Todavía en la exposición de motivos de la ley promulgada en 2011, se indica: “El convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que versa sobre los derechos de los pueblos indígenas y tribales -del cual fue promotor nuestro país, firmado y después ratificado por las instancias legislativas correspondientes- determina en su artículo 6, fracción 2: Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas; y en su artículo 7, fracción 1: Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente.

     “El Derecho a la Consulta es la piedra angular del Convenio, ya que exige que los pueblos indígenas puedan participar de manera eficaz en los procesos de toma de decisiones que puedan afectar sus derechos e intereses. Garantiza que los gobiernos deberán: … establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin”.

     La conclusión sólo puede ser la nota dejada por Mariano Azuela en sus memorias: “Cuando a raíz del triunfo de la Revolución señalé con absoluta claridad y energía la aparición de una nueva clase de ricos, los falderillos que recogen las migajas de la mesa me ladraron, señalándome como reaccionario. Mi culpa, si culpa puede llamarse, consiste en haber sabido ver entre los primeros lo que ahora todo mundo está mirando y de haberlo dicho con mi franqueza habitual, como consta en mis novelas de entonces. Se me acusa de no haber entendido la Revolución; vi los árboles, pero no vi el bosque. En efecto nunca pude glorificar pillos ni enaltecer bellaquerías”.

     Lector, ¿Qué ha cambiado? Ni la Ley de 2011 ni la que ahora proponen, insertarán a los pueblos originarios en esa 4T, que todavía es un espejismo.

www.gregorioortega.blog                                      @OrtegaGregorio

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