jueves, abril 18, 2024

Inconstitucional reconocer “la vida humana desde la concepción”: SCJN

CIUDAD DE MÉXICO.— Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional que las legislaciones locales, como es el caso de Sinaloa, se brinde una protección “a la vida humana desde la concepción, lo cual propició un ambiente de criminalización del aborto.

La resolución de la Suprema Corte está relacionada con el proyecto de análisis de una acción de inconstitucionalidad a la fracción I del Artículo 4 Bis A de la Constitución de Sinaloa, la cual establecía que “el Estado tutela el derecho a la vida desde el momento en que un individuo es concebido“.

Debe ser claro que esto trastoca el orden constitucional y los valores de un Estado laico, plural y democrático, e impone a las mujeres y personas gestantes una carga desproporcionada”, manifestó el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, autor del proyecto de la sentencia.

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Con esta determinación, la Suprema Corte no solo invalida la norma impugnada en Sinaloa, sino que crea un criterio obligatorio, es decir, aplicará en aquellos estados en donde haya leyes con este tipo de protección; por lo que si alguna mujer o persona gestante es criminalizada por interrumpir un embarazo, esto será contrario a los derechos humanos y podrá ampararse.

De hecho, cerca de 20 estados han reformado su Constitución para reconocer “la vida humana desde la concepción”, modificaciones que no prohíben el aborto, pero crean un ambiente de persecución e incertidumbre a aquellas mujeres que deciden sobre su cuerpo, según asociaciones civiles y como reconocieron los ministros.

⇒ El argumento básico de esta decisión es que los congresos estatales no están facultados para limitar derechos humanos, y en este caso el “derecho a la vida desde la concepción” acota la libertad reproductiva y el derecho a decidir de las mujeres.

“Esta disposición altera el significado de derechos y contribuye a construir un imaginario social adverso para el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres y personas gestantes, pues fomenta la creencia sobre la incorrección de ciertas opciones reproductivas, lo que significa la cancelación de la autonomía personal que caracteriza a las sociedades democráticas y aumenta el estigma para quienes acuden a estos servicios de atención médica”, advirtió el ministro Gutiérrez Ortiz Mena.

Añadió: “los principales esfuerzos del Estado para proteger la vida en gestación como un bien constitucionalmente valioso deben encaminarse a proteger efectivamente los derechos de las mujeres y de las personas gestantes, por ejemplo ocupándose en la continuidad de los embarazos deseados, asegurando atención prenatal a todas las personas bajo su jurisdicción y proveyendo partos saludables “.

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La ministra Norma Lucía Piña destacó que el producto de la gestación también tiene una protección constitucional, pero ésta es de un nivel diferente a la que se otorga a las personas nacidas: “el precedente de la Constitución es consistente al referirse a personas como los individuos a partir de su nacimiento, es decir a partir de que adquieren las capacidades para ejercer los derechos”.

Mientras que el ministro Javier Laynez Potisek planteó que el “derecho a la vida” es solo un pretexto para limitar los derechos de la mujer: “no es ni un derecho a protección a la salud, ni cuestiones de derechos humanos, sino simplemente el fundamento para poder criminalizar o llevar al campo del derecho penal una interrupción del embarazo.”

Esta decisión ocurre luego de que esta misma semana la Suprema Corte de Justicia de la Nación declarara como inconstitucional la penalización total del aborto, un precedente histórico que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que les ayuden con consentimiento.

Una decisión histórica en la lucha por los derechos y libertades de las mujeres, particularmente de las más vulnerables“, resaltó el ministro presidente Arturo Zaldívar.

https://twitter.com/SCJN/status/1436041718659440641?s=20

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AM.MX/dsc

Redacción/dsc
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