CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión de Seguridad Social, presidida por la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (Morena), aprobó tres dictámenes que proponen incrementar el ahorro solidario de los trabajadores, implementar campañas de comunicación sobre la vigencia de la ayuda para gastos funerarios, y sobre retiro de ahorros de la Afore y subcuentas para los trabajadores que tienen enfermedad terminal.
Las reformas, avaladas en reunión de trabajo, son a las leyes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y del Seguro Social.
Incremento porcentual de ahorro de los trabajadores
El primer dictamen, aprobado por 12 votos a favor, tres en contra y cero abstenciones, modifica el primer párrafo del artículo 100 de la Ley del Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para establecer que los trabajadores podrán optar por que se les descuente hasta el cuatro por ciento de su sueldo básico para ser acreditado en la Subcuenta de Ahorro Solidario que se abra al efecto en su cuenta individual.
La diputada Cisneros Luján refirió que actualmente dicho artículo estipula hasta un dos por ciento; entonces, “el motivo del dictamen es pasar del dos al cuatro por ciento, siempre y cuando así lo desee el trabajador. No es un tema obligatorio”.
Estimó que con ello se fomenta la cultura financiera del ahorro y se fortalecen las pensiones, ya que con dicha medida la cantidad mensual que pudiera llegar a recibir una persona trabajadora en sustitución de su salario podrá ser mayor, considerando su propio ahorro de carácter voluntario.
A su vez, el diputado Santiago Torreblanca Engell (PAN) indicó que, aunque aumente la aportación de la o el trabajador, la dependencia va a seguir aportando lo mismo. “El impacto presupuestal es nulo y el beneficio para las y los trabajadores puede ser grande al final de su vida laboral”.
De Morena, la diputada Martha Barajas García manifestó que si se incrementa el número de las o los trabajadores que opten por ahorrar hasta el cuatro por ciento, se vería en una dificultad la dependencia federal. “Efectivamente, es voluntario para el trabajador, pero también estaríamos hablando de la economía del trabajador por hacer un esfuerzo por ahorrar y esto mermaría su condición económica diaria”.
A su vez, la diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra (Morena) planteó por qué no permitir que el trabajador pueda aportar lo que desee y no establecer que sea hasta el cuatro, el seis o el ocho por ciento, sino mejor dejarlo abierto.
Sonia Rincón Chanona, diputada de Morena, manifestó no estar de acuerdo en la propuesta planteada en virtud de que presenta un impacto considerable en las finanzas.
También de Morena, la diputada Susana Cano González señaló que la iniciativa lo único que está permitiendo es que el trabajador decida en forma voluntaria fomentar el ahorro y que sea beneficiado. “No tiene impacto presupuestal, en nuestro país no tenemos esa costumbre de ahorrar, se les está dando la oportunidad de que ellos decidan si quieren ahorrar más y qué beneficio tendrían si lo hacen”.
Ayuda para gastos funerarios
Con 17 votos a favor, se aprobó el proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo trigésimo transitorio a la Ley del Seguro Social, para implementar campañas de comunicación sobre la vigencia de la ayuda para gastos funerarios.
La reforma establece que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá tomar acciones de comunicación continuas para informar a la población derechohabiente y familiares sobre el derecho y la vigencia para recibir la ayuda por gastos funerarios a los que se refiere el artículo 104 de la ley.
Este artículo señala que cuando fallezca un pensionado o un asegurado que tenga reconocidas cuando menos doce cotizaciones semanales en los nueve meses anteriores al fallecimiento, el Instituto pagará a la persona, preferentemente familiar del asegurado o del pensionado, que presente copia del acta de defunción y la cuenta original de los gastos de funeral, una ayuda por este concepto que consiste en dos meses del salario mínimo general que rija en la Ciudad de México en la fecha del fallecimiento.
Retiro de ahorros de trabajadores
Por unanimidad se avaló adicionar una fracción III al artículo 191 de la Ley del Seguro Social, en materia de retiro de ahorros de la Afore y subcuentas para los trabajadores con enfermedad terminal.
El dictamen establece que durante el tiempo en que el trabajador deje de estar sujeto a una relación laboral, tendrá derecho a retirar el saldo de su Cuenta Individual en una sola exhibición, derivado de una enfermedad terminal y previo dictamen médico de entidad de salud pública, conforme a las reglas de carácter general que al efecto expida la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
La diputada Cisneros Luján comentó que esta disposición representa un acto de justicia social y apoyo solidario que será de gran utilidad para la persona trabajadora y su familia, a fin de que pueda tener la posibilidad de disponer de sus propios recursos para hacer frente a los gastos que representa un diagnóstico tan complejo que requiere disponibilidad de fondos económicos.
El diputado Torreblanca Engell mencionó que en materia de seguridad social no se contemplaba este supuesto planteado. “No tendría sentido que a una persona que le acaban de decir medicamente que ya va a fallecer, se le diga que se espere a los 65 años a cobrar si no va a llegar a esa edad”.
Opiniones
Los integrantes de la Comisión avalaron por unanimidad la opinión a la iniciativa que reforma el artículo 123 de la Constitución Política, en materia de pago de pensiones a los trabajadores al servicio del Estado con base en el valor del salario mínimo.
La presidenta de la Comisión dijo que esta iniciativa busca señalar explícitamente que la seguridad social cubrirá los accidentes y enfermedades profesionales, las enfermedades no profesionales, y maternidad, jubilación, vejez y muerte. Asimismo, que el pago de la pensión respectiva se calculará utilizando como base el salario mínimo vigente.
Mencionó que se emite la opinión en el sentido de recomendar el fortalecimiento de las normas constitucionales acorde a las necesidades de las personas trabajadoras, al dotar de certeza jurídica la sociedad y autoridades encargadas de su cumplimento sobre cómo deben calcularse las pensiones sin dejar a la interpretación desde una norma de rango constitucional.
Otra opinión, avalada por unanimidad, fue la referente a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4º de la Constitución Política, en materia de derecho a la pensión no contributiva.
La diputada Cisneros Luján indicó que esta propuesta tiene como finalidad que las pensiones no contributivas se otorguen desde los 65 años de edad con independencia del lugar de residencia, incluso fuera de las fronteras nacionales.
Señaló que se emite la opinión considerando que la pensión universal para personas adultas mayores se otorga a todas las personas sin discriminación, por lo que supone un piso mínimo para reciban un ingreso, acelerando el proceso para la igualdad sustantiva, particularmente de aquellas que no cuentan con seguridad social, para que puedan allegarse de los beneficios que permita elevar su calidad de vida, impulsar su desarrollo integral y su bienestar.
AM.MX/fm