CIUDAD DE MÉXICO, 6 de diciembre (AlmomentoMX/ SEMlac).- La edad, la procedencia social, el nivel de escolaridad, la cultura acumulada o la solvencia económica no son factores que puedan evitar o influir la ocurrencia de la violencia hacia las mujeres y las niñas. Cualquier mujer puede vivir situaciones de violencia por el solo hecho de ser mujer, pues la cultura machista y patriarcal se ha instalado por siglos en la civilización humana.
Así ocurre con el acoso laboral, un tipo de maltrato del cual no son ajenas tampoco las muchachas jóvenes, una vez que entran en contacto con ese entorno, como advierte Liset Mailen Imbert Milan, jurista de los Servicios de Orientación Jurídica del Centro Nacional de Educación Sexual (Cenesex).
¿Están expuestas las jóvenes al acoso laboral? ¿Cuáles son las formas más frecuentes en que se manifiesta?
Cualquier persona está expuesta a ser acosado en el entorno laboral, en sus diferentes manifestaciones, tanto en el sector público como en el privado. Tal vez lo más evidente, en el caso de las jóvenes, es el acoso sexual o con requerimientos sexuales, pero las nuevas formas de gestión, los altos niveles de competitividad, la crisis financiera y, por qué no, la transformación que también han tenido nuestros valores y la sociedad están permitiendo no solo nuevas manifestaciones de violencia, sino que una vez identificadas también aumenten las denuncias y es en este punto donde está el acoso psicológico en el entorno laboral.
Las jóvenes tienen exigencias especiales en relación con su edad, la relación que ello tiene con la reproducción y también por su belleza, apariencia física y el vestuario, aspectos que a veces son más importantes que el currículo o el resto de las motivaciones profesionales.
El acoso implica una permanencia en el tiempo y una determinada frecuencia, con conductas como evaluaciones excesivas, controles innecesarios, invasión de la vida privada, cuestionamientos a comportamientos y decisiones en el entorno laboral, llamadas de atención en público, no permitir las vacaciones o moverlas sin previo consentimiento de las trabajadoras; estas son algunas de las acciones que frecuentemente son denunciadas.
¿Existen herramientas legales en Cuba para detectar y denunciar estos casos?
Detectar implica conocer y esto a su vez está estrechamente relacionado con el conocimiento que se tenga o no del acoso por ambas partes (víctima y acosador), de cuáles son las conductas y hechos que pueden ser consideras como acoso. Considero que debieran de existir y, más que existir, implementarse instrumentos que permitan la detección temprana, la toma de decisiones y la ejecución de acciones efectivas en este sentido.
La denuncia sí es posible; primero, por lo refrendado en nuestra Constitución en relación con los derechos, deberes y garantías de todos los ciudadanos cubanos según sea el caso, incluso por la vía penal. Pero ahora nos ocupa el entorno laboral y, en ese sentido, nuestro Código de Trabajo establece la obligación que tiene el empleador de velar por la integridad física, moral y psicológica de sus trabajadores.
Todavía es insuficiente lo regulado en relación con el proceso y los medios de prueba permitidos por la ley, por una parte, y tenidos en cuenta desde la praxis, por otra, para demostrar los hechos de acoso.
Soy del criterio que deberíamos instaurar lo que teóricamente y en varios países se denomina “inversión de la carga de la prueba”. Esto significa que prueba quien este en mejores condiciones de hacerlo. Son temas sensibles, ocurridos en la mayoría de los casos sin testigos, o los que están son “mudos”.
Debe primar siempre el principio “Indubio Pro Operario” (en caso de duda de cuál es la ley aplicable, siempre la más beneficiosa al trabajador) y velar no solo por la legalidad, sino también por los indicadores relacionados con la salud, la calidad de vida, la productividad y el clima laboral. Hacer un entorno laboral pacífico y libre de violencia es responsabilidad de toda y todos.
¿Cómo debe actuarse cuando ocurre?
Denunciar, siempre denunciar; quedarse callada NO es una opción; si no, ¿cómo se conoce?, ¿cómo tomar medidas?
No es saludable atacar los efectos sin tener en cuenta las causas. En caso de acoso laboral, además de acudir al órgano de Justicia Laboral de Base y el resto de los factores presentes en las diferentes instituciones, se puede visitar la Fiscalía en todas sus instancias y niveles, el Cenesex, el Centro Oscar Arnulfo Romero e incluso la Policía, según sea el caso.
¿Cómo prevenirlo?
Con estrategias integrales e integradoras, que comuniquen desde un enfoque multidisciplinario las conductas que tipifican como acoso; las normas, deberes y derechos de trabajadores y directivos.
También con mejor organización de las estructuras empresariales y niveles de acceso y de comunicación, así como vías para denunciar los hechos considerados como violencia, acoso, discriminación y las instituciones competentes para resolverlo.
Las estrategias comunicacionales deben construirse colectivamente, con participación de instituciones, ONGs y centros de investigación. Por otra parte, deben tenerse en cuenta las encuestas a víctimas y victimarios que permitan perfeccionar todo el trabajo desarrollado y futuro.
AM.MX/fm