La Sader informó modificación a la veda de abulón en Baja California

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Desde el 7 de julio pasado, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), anunció el levantamiento de la veda temporal para la captura de abulón; en aguas territoriales de jurisdicción federal de la península de Baja California. 

 

Se estableció que para la Zona I se levanta la veda para la captura de abulón hasta el 31 de julio de 2021. El periodo de veda reiniciará del 1 de agosto al 31 de diciembre de 2021. Se mantendrá de esta forma en los años siguientes, en área que v desde la línea divisoria internacional con Estados Unidos y hasta Punta Malarrimo; en Baja California Sur. 

 

Para la Zona II, aplicará del 1 de septiembre al 31 de enero de cada año y este comprende todos los bancos abuloneros ubicados en el área; en los que también incluyen a los que se encuentran en las islas adyacentes al sector de la costa. 

 

Para la Zona III, la veda corresponderá del 1 de septiembre al 31 de enero de cada año y será en todos los bancos ubicados desde el primer tercio noroeste de bahía Asunción, Baja California Sur; hacia el sureste hasta Punta Holcomb (laguna San Ignacio). Incluyendo todas las islas adyacentes a este sector de costa.

 

La Zona IV y exclusivamente para los bancos de abulón azul (Haliotis fulgens), comenzará el 1 de octubre y concluye el 28 de febrero de cada año; en los bancos ubicados desde Punta Holcomb hacia el sureste hasta la desembocadura del arroyo Conejo, Baja California Sur. Incluye todas las islas adyacentes a este sector de costa. En la misma Zona IV, pero exclusivamente para el abulón amarillo (Haliotis corrugata); la veda aplicara del 1 de septiembre al 31 de enero de cada año.

El abulón es un marisco que se pesca principalmente en los estados de Baja California y Baja California Sur; con el 100% de la producción nacional de esta especie marina. Que es una de las que tiene mayor importancia socioeconómica en esta zona del país; por la derrama económica que genera, así como la entrada de divisas y los empleos directos e indirectos que proporciona, según informa la Conapesca.

 

Los que incumplan las medidas establecidas en el Acuerdo, se harán acreedores a las sanciones; establecidas por la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.

 

Por otra parte, se establece que las personas que en la fecha de inicio de la veda mantengan existencias de abulón en estado vivo, fresco entero, enhielado, congelado, cocido, seco, deshidratado, procesado o en cualquier otra forma de conservación; deberán formular un inventario conforme al formato Conapesca-01-069. El cual deben presentarlo a la Conapesca en un plazo de tres días hábiles, contados a partir del inicio de la veda. 

 

La Sader anunció que el transporte desde zonas litorales donde se establece la veda, el abulón vivo, abulón vivo, fresco, entero, enhielado, congelado, cocido, seco, deshidratado, procesado o en cualquier otra forma de conservación; debe registrarse y llenarse en el portal, la Guía de Pesca. Que debe presentarse ante la Conapesca para poder transportar el producto marino.

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