Veracruz prohíbe la reelección inmediata y el nepotismo electoral

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XALAPA.— Por mayoría de votos, el Pleno de la LXVII Legislatura del Congreso de Veracruz aprobó un dictamen de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado para prohibir la reelección inmediata de legisladores y ediles, además de tipificar el “nepotismo electoral” como un impedimento legal para acceder a cargos de elección popular.

La reforma, que armoniza la Constitución estatal con la legislación federal, registró 36 votos a favor, seis abstenciones y cero votos en contra. El decreto final integró las propuestas presentadas por separado por la bancada de Morena y por el Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

De acuerdo con las modificaciones realizadas al Artículo 21 de la Constitución veracruzana, las y los diputados propietarios no podrán ser reelectos para el periodo inmediato posterior al ejercicio de su encargo, ni postularse con el carácter de suplentes. Por el contrario, los diputados suplentes sí podrán contender para el periodo inmediato como propietarios, siempre y cuando no hayan entrado en funciones durante el mandato previo.

Asimismo, la reforma al Artículo 70 extiende la prohibición de la reelección consecutiva para el mismo cargo a las personas ediles y a los integrantes de los Concejos Municipales bajo los mismos criterios de restricción para propietarios y facilidades condicionadas para los suplentes que no hayan ejercido el cargo.

En materia de equidad en la contienda, los artículos 23, 43 y 69 de la Constitución estatal establecen ahora que no podrán acceder a las diputaciones, la gubernatura o a los cargos edilicios quienes tengan o hayan tenido —en los últimos tres años anteriores al día de la elección— un vínculo de matrimonio, concubinato, unión de hecho o parentesco con quien se encuentre ejerciendo la titularidad del cargo.

El impedimento abarca:

• Línea recta consanguínea o civil sin limitación de grado.
• Línea colateral hasta el cuarto grado.
• Afinidad hasta el segundo grado.

Tanto la prohibición del nepotismo electoral como la eliminación de la reelección consecutiva entrarán en vigor a partir del año 2030. En consecuencia, las autoridades electas que se encuentren en funciones en dicho año no podrán postularse para procesos de reelección inmediata. Las comisiones unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, y de Organización Política y Procesos Electorales destacaron que esta medida suscribe el Objetivo 16 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU para consolidar instituciones transparentes y libres de corrupción.

Durante la sesión, el diputado Diego Castañeda Aburto calificó la reforma como un avance democrático que desmantela inercias del viejo régimen donde el poder se heredaba en clanes o feudos familiares. A su vez, Carlos Marcelo Ruiz Sánchez celebró que se honre el principio histórico de “sufragio efectivo, no reelección”.

⇒  En contraste, el legislador Héctor Yunes Landa señaló deficiencias en las precisiones sobre los vínculos familiares, mientras que la diputada Montserrat Ortega Ruiz emitió su voto en abstención.

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AM.MX/dsc

Redacción/dsc
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