CIUDAD DE MÉXICO.— A partir de este viernes 31 de julio, las terapias de conversión sexual será un delito en la Ciudad de México, el cual será sancionado con hasta cinco años de prisión, informó el Gobierno de Claudia Sheinbaum a través de la Gaceta Oficial capitalina.
Esta miércoles se publicó el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal local, con relación a los ‘Delitos contra el libre desarrollo de la personalidad y la Identidad Sexual’. De esta forma, “a quien imparta u obligue a otro a recibir una terapia de conversión se le impondrán de 2 a 5 años de prisión y de 50 a 100 horas de trabajo en favor de la comunidad”.
Gaceta Oficial bis 29-07-2020. Tres Decretos: adiciones a Código Penal para sancionar terapias de conversión; adición a Ley de Participación Ciudadana y a Presupuesto de Egresos; reforma a Código de Instituciones y Procedimientos Electorales. https://t.co/Y5Kt8vFxUQ pic.twitter.com/MrdVOMhlGw
— ConsejeríaCDMX (@CDMXConsejeria) July 30, 2020
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¿Qué son las terapias de conversión sexual?
Se entiende como terapias de conversión a aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tienen por objeto anular, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona.
En estas prácticas “se emplea violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana”.
Este delito se perseguirá por querella; sin embargo, si la víctima es un menor de 18 años, una persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o que no tenga la capacidad de resistir la conducta, la pena se aumentará al 50 por ciento y se perseguirá por oficio.
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AM.MX/dsc