viernes, marzo 29, 2024

TEMAS CENTRALES: La Guardia Nacional civil, asignatura pendiente

Miguel Tirado Rasso

mitirasso@yahoo.com.mx

 

Se desatendió el mandato constitucional

para que la Guardia Nacional se conformara

como una institución civil, encargada de la

seguridad pública, con personal adiestrado y

preparado bajo mandos civiles.

 

El 26 de marzo de 2019, el Diario Oficial de la Federación publicaba la reforma al artículo 21 constitucional, en virtud de la cual “La Federación contará con una institución policial de carácter civil denominada Guardia Nacional (GN)…”, que quedaría adscrita a la secretaría del ramo de la seguridad pública, según se podía leer en el texto del decreto correspondiente.

 

Por su parte, en el artículo quinto transitorio del decreto, se precisaba que, durante los cinco años siguientes a su entrada en vigor, el Presidente de la República podría “disponer de la Fuerza Armada permanentemente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.” Lo anterior, en tanto la institución “desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial.” Con esto, se precisaban dos circunstancias. Por una parte, limitaba la posibilidad de participación de las fuerzas armadas en temas de seguridad pública a un período de cinco años. Y, por otro lado, se disponía ese mismo plazo para la estructuración y profesionalización policíaca de la nueva institución.

 

Lo anterior, en congruencia con lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución que dispone: “En tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar.”

 

Cuando el jefe del Ejecutivo propuso su iniciativa de reforma constitucional (2019), la oposición condicionó su aprobación a que esta institución fuera de carácter civil, lo que quedó claramente establecido en su Ley Orgánica, cuyo artículo 4 establece que ésta es “una institución de seguridad pública, de carácter civil, disciplinada y profesional…” Así, el marco jurídico que determina su naturaleza, pero solo en teoría, porque en la práctica, su integración, operación, instrucción y mandos, desde un principio, fueron de carácter totalmente militar.

 

Desde un principio, esta institución quedó conformada con personal militar, soldados y marinos. Muy pocos ex miembros de la Policía Federal aceptaron su incorporación y optaron por renunciar. Las convocatorias públicas para formar parte del nuevo organismo, tuvieron poca respuesta y así, de los poco más de 118 mil miembros con que cuenta actualmente, el 80 por ciento son militares. La institución quedó adscrita a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), cuyo titular es civil, con lo que se pretendió cumplir con el carácter civil ordenado en la Carta Magna. Una mera ficción porque, para su operación, su comandante directo es militar.

 

La apuesta fue con todo a las fuerzas armadas. Se ignoró el mandato constitucional que ordenaba su conformación con personal adiestrado y preparado bajo mandos civiles. El plazo para hacerlo, sigue corriendo y nada se ha hecho. En contra, se continuó con la militarización, confiando en que más adelante se reformaría la Constitución para dar fundamento legal a los militares, que quedarían encargados, además de la Seguridad Nacional, responsabilidad que les es propia, de la Seguridad Pública, que, por sus características en casi todos los países democráticos, depende de la autoridad civil.

 

Y es que una y otra función responden a necesidades y objetivos muy distintos. Mientras que la Seguridad Nacional, busca “mantener la estabilidad, integridad y permanencia del Estado Mexicano”, la Seguridad Pública tiene por objetivo “salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos.” Mientras que una busca eliminar al enemigo, el objetivo de la otra es sancionar al infractor de la ley.

 

El tema es que la seguridad (inseguridad) pública continúa como asignatura pendiente, pues la violencia y los delitos en general se han incrementado y el crimen organizado está cada vez más organizado y expandiéndose. El desafío a la autoridad no parece tener límites.

El debate, ante la ola de actos cuasi terroristas de la semana pasada en varios estados de la República, fácilmente lo ganaría una opinión favorable a la incorporación de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). Esto es, para que siguiera funcionando como hasta ahora, aunque por los magros resultados, tras cuatro años de gobierno, con todo y militarización, resultaría difícil justificar, pues no muestran ni eficacia ni mejoría en la seguridad.

 

Otro punto es el de la legalidad y el respeto al estado de Derecho. Según han dicho las oposiciones, una iniciativa de reforma constitucional para incorporar la GN a la Sedena, no obtendría su aprobación. Pero esta sería la única vía legal para lograrlo. Cualquier otra fórmula que se intentara, un acuerdo, decreto o una reforma de ley, estarían contradiciendo el texto constitucional, que es muy claro en la definición civil de la institución.

 

Legalmente, no hay salida, aunque se percibe la posibilidad de una artimaña. Se ha dicho en Palacio que se expedirá una reforma a la ley o un acuerdo presidencial para la incorporación del organismo a Sedena, aun a sabiendas de su inconstitucionalidad. La apuesta es que la impugnación llegue a la SCJN, con dos posibilidades: que, en su caso, la acción interpuesta duerma el sueño de los justos en el máximo tribunal hasta que concluya el sexenio. O bien, como en el caso de la Ley de la Industria Eléctrica, que 4 ministros a modo consideren que no se viola la Constitución y quede vigente la disposición presidencial, aunque siempre recurrible vía el amparo.

 

Por supuesto, que semejante artimaña o chicana resultaría impropia de la institución presidencial, que la dejaría muy mal parada.

 

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