TEMAS CENTRALES El contrasentido de la Revocación de Mandato

Fecha:

Miguel Tirado Rasso
mitirasso@yahoo.com.mx

La revocación, desde su inclusión
en nuestra legislación, se planteó con
maña para que su aplicación sirviera
a un propósito totalmente opuesto
al objetivo de su esencia.

Con poca fortuna, la iniciativa presidencial de la Reforma Electoral, en su primer intento, el Plan “A”, resultó abortada ante la imposibilidad de cumplir el requisito legal de que fuera aprobada, en el Congreso de la Unión, por una mayoría calificada en cada cámara, Senado y Diputados.

Como mucho se ha repetido, a la bancada de Morena no le alcanzan los números. En el Senado cuenta con 67 votos y, en la de Diputados, con 253 (necesitaría 86 y 334, respectivamente). Sus aliados, el PVEM y el PT le pudieron haber aportado los votos que necesitaba, pero no suscedió. Era difícil, tras haber sido ninguneados, en la elaboración del proyecto de la reforma, cuyas propuestas, además, ponían en riesgo su sobrevivencia en el escenario político nacional.

La Comisión Presidencial encargada de la preparación de la iniciativa pecó de soberbia y falló en el cumplimiento del encargo. Parecía que esta reforma pasaría a mejor vida, ante la negativa de los partidos aliados en darle su apoyo. Inclusive la Mandataria Claudia Sheinbaum, en alguna mañanera, llegó a decir que, si no pasaba, ella ya había cumplido enviando la iniciativa al Congreso.

Sin embargo, por alguna razón que no se explica, siguiendo el maquiavélico estilo de su antecesor, en su obsesión por cambiar el marco jurídico del país e imponer reformas a modo, se habló de un Plan “B.” Con ajustes a la propuesta original, se presentó una versión modificada que, se pensó, esta vez la aceptarían los legisladores verdes y petistas, a pesar del maltrato y el calificativo de traidores que, los duros de la 4T, les endilgaron.

No se entiende el afán por reformar la legislación electoral. Se afirma, con insistencia, que se hace porque el pueblo la demanda, aunque no queda claro cuándo y cómo lo ha planteado la ciudadanía. Según las encuestas que se han publicado, entre las prioridades de la población destacan inseguridad, corrupción, desempleo, inflación, salud, educación. Nada relacionado con el tema electoral.

Otras son las preocupaciones de la población que merecerían la atención del Gobierno Federal. A fin de cuentas, bajo la legislación electoral actual se realizaron, de manera pacífica en lo que va del milenio, tres alternancias en la Presidencia del país, con una autoridad electoral que, en su momento, no dudó en reconocer el triunfo del candidato presidencial de Morena. La ley no es perfecta y, seguramente, se podría mejorar, pero, según se ve, no hay disposición para escuchar ni menos dialogar con otras fuerzas políticas que no simpaticen con la 4T.

En este segundo piso, se continúa gobernando solo para los de Morena, como si el resto de la población, más del 40 por ciento que no votaron por ese partido, no existieran. Cualquier acción de la oposición merece la descalificación de la primera morenista de la Nación que, aunque afirma haber pedido licencia para separarse de su partido, en función del cargo, sigue defendiendo a su partido y criticando a la oposición, como si se tratara de una activa militante morenista y no de la Presidenta de todos los mexicanos.

En el Plan “B” de su reforma, la Presidenta incluyó el polémico tema de la revocación de mandato y su cambio de fecha de aplicación. Verdadera y oculta razón de la reforma que, a sus partidos aliados, sigue sin convencer. La revocación, desde su inclusión en nuestra legislación, se planteó con maña para que su aplicación sirviera a un propósito totalmente puesto al objetivo de su esencia. De revocación lo convertieron en ratificación de mandato.

Este proceso, que el INE define como, “el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de la confianza,” según lo ordena nuestra Constitución (Art. 35, frac lX), será convocado por el INE, “a petición de los ciudadanos y ciudadanas…”.

Esto es, si la sociedad no reclama ejercer este derecho, la revocación no podría aplicarse, porque no es obligatoria. Resulta, entonces, un contrasentido que quién pida su aplicación sea, precisamente, la autoridad cuya cabeza está juego. Cómo se explica la insistencia de Palacio Nacional para llevar a cabo este proceso, cuando, según encuestas divulgadas por la propia Presidencia, nuestra Mandataria goza de una aceptación de más del 70 por ciento de la población y, según, lo han manifestado públicamente, a nadie de la oposición se le ha ocurrido plantear su remoción.

Dice el magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaión (TEPJF) Felipe de la Mata Pizaña, que “el inicio del procedimiento de revocación puede ser solicitado exclusivamente por la ciudadanía…” La propia SCJN resolvió que los partidos políticos no tienen cabida en este mecanismo de democracia directa. Un criterio que nos llevaría a la conclusión de que la Presidencia tampoco podría promover su propia revocación. Se trata de un derecho de los ciudadanos que pueden o no ejercer.

Si, conforme a nuestra legislación, a la Presidenta no le corresponde impulsar la revocación de su mandato, pero insiste en hacerlo, queda claro su verdadero propósito: hacer campaña política desde la Presidencia, con todos los recursos del gobierno, para ganar votos a favor de su partido.
Marzo 26 de 2026

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