Esta actualización legal no sólo marca un hito en el ámbito de las bibliotecas, sino que también proporciona un marco sólido para el desarrollo y la protección de la propiedad intelectual, reconociendo la importancia de salvaguardar los derechos de autores, editores y demás agentes involucrados en la creación de contenidos. La ley ahora reconoce que los libros entregados en depósito legal no podrán ponerse a disposición del público sin licencia, y reserva el derecho de los editores a implementar medidas tecnológicas de protección en los archivos digitales.
En su sesión plenaria del 17 de octubre el Senado de la República aprobó el Decreto por el que se reforma la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, en Materia de Precio Único y Libro Electrónico; y el Decreto por el que se reforma la Ley General de Bibliotecas, en Materia de Depósito Legal. Representan el compromiso por políticas públicas que promueven la lectura, la competitividad entre grandes y pequeñas librerías, y brindan certeza jurídica a escritores reforzando la recopilación que hacen las bibliotecas públicas.
Diálogos PILARES reunió a especialistas, autoridades y personas sordas para reflexionar sobre la importancia de la Lengua de Señas Mexicana, los avances en inclusión y los desafíos pendientes en materia de derechos.