jueves, marzo 28, 2024

Siguen sin recibir sentencia, mujeres detenidas por la guerra contra el narcotráfico, denuncia AsiLegal ante la ONU

CIUDAD DE MÉXICO, 27 de abril (AlmomentoMX/SemMéxico).- Las mujeres en prisión preventiva por la guerra contra el narcotráfico que no han recibido sentencia, el abuso en la aplicación del procedimiento abreviado, la falta de acceso a la salud, el desconocimiento de los beneficios de libertad,- condicionada o anticipada-, que depende  del análisis de riesgo que se aplica con un amplio margen de discrecionalidad conforman los tratos crueles inhumanos y degradantes que sufren las mujeres privadas de su libertad en México.

Lo anterior ha sido expuesto por el informe alternativo “Tortura en México: Elemento estructural de justicia” documentado por Asistencia Legal por los Derechos Humanos (AsiLegal) para el Comité Contra la Tortura de las Naciones Unidas en virtud del séptimo examen periódico a México en el marco del 66° periodo de sesiones que se lleva a cabo, del 23 al 26 de abril, en Ginebra, Suiza.

 

Detención arbitraria y dispersión geográfica.

 

Las mujeres acusadas de delitos del Fuero Federal son víctimas de manera desproporcionada del abuso de la prisión preventiva: mientras el 41% de los hombres acusados de delitos del fuero federal están en espera de juicio, esta situación afecta el 58% de las mujeres acusadas de delitos del fuero federal.

“Me detuvieron en un retén militar mientras iba de regreso a mi casa, ya no me dejaron ir. No traía identificación. Llevo casi 8 años esperando sin ver a mis hijos, sólo quiero saber que esta pasando”. Es el testimonio de una mujer privada de la libertad en Baja California.

“AsiLegal” ha documentado los patrones de tortura a que fueron sometidas las mujeres como la detención arbitraria y la dispersión geográfica como causa principal de la dilación prolongada de estos procesos penales.

Las mujeres entrevistadas fueron detenidas en Cancún, Puebla, el Estado de México, Guanajuato o Veracruz; y fueron trasladadas a Baja California, pero sus coacusados se encuentran en diversas entidades federativas. A su vez, el juez responsable de su caso está en Tamaulipas, Puebla o Veracruz, así como sus defensores públicos.

Los métodos de tortura incluyeron golpes en diferentes partes del cuerpo, posiciones incómodas prolongadas durante más de veinte horas, de privación de sueño, amenazas de muerte hacia los familiares, obligar a ver otras personas ser torturadas, toques eléctricos en los genitales, violación sexual. Dos de las mujeres entrevistadas estaban embarazadas y perdieron a sus bebés como resultado de la tortura.

La mitad de las mujeres víctimas entrevistadas denunciaron los actos de tortura ante su defensor o ante el juez, sin embargo y a pesar de la obligación de perseguir al delito de tortura de oficio, ningún miembro de las fuerzas armadas o policíacas fue perseguido.

AsiLegal propone que al gobierno mexicano se le recomiende hacer una revisión de los casos de mujeres que, derivado de los arrestos masivos realizados durante esa época, se encuentran aún en prisión preventiva, de manera que se prioricen los casos y agilicen las instancias jurisdiccionales para otorgar una sentencia a la brevedad.

Asegurar que las autoridades judiciales no tomen en cuenta las confesiones ni demás pruebas obtenidas bajo tortura en sus procedimientos, así como garantizar que reciban la atención médica y psicológica necesaria que como víctimas les corresponde.

Y que se realicen las diligencias necesarias para concentrar las causas penales y eliminar la dispersión geográfica que ha alentado tanto su proceso, así como otorgar debida reparación a las víctimas de tortura.

 

La salud zona gris de protección para las mujeres en prisión.

 

Las mujeres privadas de su libertad se encuentran en una zona gris de protección donde la Secretaría de Salud argumenta que no es su obligación, y por el otro, el Sistema Penitenciario ha fallado en otorgar siquiera la atención de primer nivel a que lo obliga la legislación.

Asistencia Legal por los Derechos Humanos (AsiLegal) organismo de la sociedad civil cuyo principal objetivo es la promoción y defensa de los derechos humanos de personas que se encuentran privadas de libertad bajo la perspectiva de género, interculturalidad y diversidad sexual, que la negación al derecho a la salud se presenta desde el momento mismo en que la persona es detenida, no sólo porque es víctima de tortura y malos tratos sino porque no son presentados oportunamente ante un médico legista que certifique su estado de salud.

Se tiene información sobre las condiciones de internamiento, en específico relacionadas con la salud, en los Centros de Reinserción Social de Oaxaca, Chiapas, Hidalgo y Baja California.

Muchas de las mujeres entrevistadas no tenían padecimientos antes de su ingreso a los Centros o, en algunos casos, ingresaron con afectaciones directas de la tortura y malos tratos ocurridos durante su detención que no fueron atendidas pertinentemente.

En Hidalgo, por ejemplo, al momento de la detención, 33 mujeres fueron víctimas de insultos, humillaciones y amenazas; 46 de jaloneos, empujones, azotes y golpes; 6 fueron sometidas a choques eléctricos, ahogamiento y asfixia; 8 fueron desnudadas y sufrieron tocamientos.

En Chiapas y Oaxaca, de las 202 personas privadas de libertad entrevistadas, 59 alegaron haber sufrido amenazas, insultos y humillaciones durante su detención, 55 fueron víctimas de golpes, azotes, jaloneos y empujones; 10 sufrieron choques eléctricos, ahogamiento y/o asfixia.

AsiLegal propone como recomendación que México deberá eliminar cualquier obstáculo legislativo o de otro tipo en específico, todos aquellos lineamientos sobre afiliación y operación del sector salud que los excluyen del goce y disfrute de dicho derecho.

Sancionar a cualquier autoridad que se niegue a otorgar la atención médica necesaria a las personas privadas de libertad y coordinar a todas las autoridades para que se realicen convenios específicos y vinculantes sobre otorgamiento de servicios de salud dentro de los centros penitenciarios.

Que se otorgue la atención especializada que las mujeres requieren dentro de los Centros de Reinserción Social y que se les garantice el acceso a un ginecólogo que se encuentre disponible en todo momento.

 

Procedimiento abreviado

 

El   procedimiento abreviado ha sido utilizado, desde su implementación en el Sistema Penal Acusatorio en el 2008, como un espacio más donde la tortura y los malos tratos encuentran su impune materialización.

Tan sólo en Baja California, desde el inicio de la implementación del Sistema Penal Acusatorio hasta diciembre de 2018 se han dictado 8,254 sentencias, de las cuales 8,005 fueron resueltas por procedimientos abreviado, esto significa que un 96.9% de los casos se han resuelto sin llegar a juicio oral.

Se refieren testimonios de mujeres en las que señalan que si firmaban y se declaraban culpables le iban a dar cuatro años y ocho meses, en lugar de siete años. Firmo y al final le dieron los siete años.

Por lo que AsiLegal recomienda que el Estado mexicano asegure la ausencia de coacción al momento de proponer la tramitación del procedimiento abreviado a los imputados e imputadas y que verdaderamente sea su voluntad aceptarlo.

Que se garantice la reducción de la pena propuesta por el Ministerio Público, y que se prevea un recurso jurídico específico para las personas que hayan sido coaccionadas a aceptar el procedimiento abreviado que permita reinstaurar el proceso penal y sancione a las o los responsables.

 

Las personas LGBTI en reclusión invisibilizadas.

 

Dicho organismo también documento los casos de violencia contra las personas LGBTI, y encontró que la ausencia de un registro de personas LGBTI en reclusión provoca que se invisibilicen y queden impunes todos aquellos actos perpetrados en su contra, ya sea a manos de las autoridades estatales o de otras personas privadas de libertad, por razón de su orientación sexual y/o identidad de género.

La estadística penitenciaria que realiza la Secretaría de Gobernación no se encuentra desagregada a partir de las lesiones, riñas u homicidios en donde no se evidencia sí estuvo implicada una persona LGBT.

Del 2015 al 2017, Veracruz fue la entidad federativa con mayor número de homicidios reportados en contra de personas LGBT con 22 casos, le sigue el Estado de México con 15, Quintana Roo con 15 y Chihuahua con 14 casos66. Además, en muchos de los casos que se reportan al público sobre homicidios de personas LGBT, no se reconoce la identidad de las personas, pues se alude a las víctimas como “hombres vestidos de mujer” o con “costumbres afeminadas”, así como también se minimizan los actos violentos realizados a través del uso de calificativos como “crímenes pasionales” o incluso reaccionarios.

Uno de los elementos que caracteriza a los homicidios contra esta población, es la clara intención de infringir daños físicos y psicológicos, así como dolor y sufrimiento en las víctimas, motivados por odio y prejuicios que constituyen tratos crueles inhumanos o degradantes, además de ser actos cometidos con terrible brutalidad.

AsiLegal recomienda crear un registro que permita saber el número de personas LGBT en reclusión y que el Estado mexicano debe realizar investigaciones imparciales y libres de prejuicios para llevar a los responsables ante los tribunales, así como asegurar las sanciones correspondientes.

AM.MX/fm

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