SCJN invalida en su totalidad la Ley de Publicidad

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CIUDAD DE MÉXICO.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto por el que se expidió la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Contratación de Publicidad, la cual entró en vigor el 3 de junio de 2021.

⇒ La Ley, que fue echada abajo con ocho votos a favor y tres en contra, buscó prohibir la contratación de anuncios publicitarios por parte de agencias que no fueran solicitados por un anunciante.

Durante la discusión de la controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), el ministro ponente Jorge Mario Pardo Rebolledo enumeró 12 violaciones al proceso legislativo, entre ellas, el tiempo reducido para la discusión del tema, ya que proyecto de decreto fue discutido un día en la Cámara de Senadores y al siguiente día en la de Diputados.

Asimismo, señaló el incumplimiento de distintos plazos para emitir el dictamen; que la rectificación de turno, respecto de la dictaminación a las comisiones de Radio y Televisión, presentó vicios, no solo en tiempo, sino también en forma, en tanto que no fue debidamente aprobada por la mesa directiva del Senado. 

Al respecto, la ministra Norma Piña Hernández, presidenta de la Suprema Corte, consideró que se cometieron múltiples violaciones al proceso legislativo, las cual trascienden, y en su momento provocó distintas mociones suspensivas con base en el desconocimiento del dictamen que iba a aprobarse, aunque “fueron desestimadas”.

“Las violaciones al proceso legislativo que deben considerarse invalidantes son las que trascienden significativamente a los principios que dotan de valor a la deliberación democrática, como lo son los que permiten la libre e igual participación de las fuerzas políticas”, afirmó la ministra presidenta de la Suprema Corte, Norma Lucía Piña Hernández, antes de la votación.

En el presente caso se afectó de manera significativa el proceso, pues en la Cámara de Senadores y en la Cámara de Diputados, de las constancias, se advierte que se sometió a discusión de los legisladores el dictamen de la ley impugnada, sin que estos tuvieran conocimiento del mismo ni tiempo para analizarlo”, expuso.

Por su parte, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea dijo no todas la violaciones al procedimiento legislativo tienen un efecto invalidante, sino que deben ser suficientemente graves, por lo que se pronunció en contra de la propuesta, lo mismo que las ministras Loretta Ortiz Ahfl y Yasmín Esquivel Mossa.

Antes de esta Ley, cuando un cliente quería comprar espacios publicitarios se acercaba a una agencia, a la cual le pagaba no solo para conseguir dichos espacios, sino para que se encargara de toda la gestión, que muchas veces iba acompañada de una estrategia de marketing. En consecuencia, la agencia se quedaba con un porcentaje del dinero.

Con la Ley se buscó promover la transparencia en las agencias de publicidad, además de combatir y prevenir prácticas comerciales que perjudiquen tanto a los anunciantes como a los consumidores, de modo que se prohibió a las agencias adquirir espacios para luego revenderlos a los anunciantes.

Tampoco se podían prestar servicios simultáneos a empresas y medios, ni recibir comisiones de estos últimos para la prestación de servicios a las marcas. No obstante, la regulación de la publicidad unió en su contra a la industria, pues los involucrados afirmaron que la Ley se hizo desde el desconocimiento de cómo funciona el sector, y en su implementación, se frena la competitividad y el libre mercado.

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AM.MX/dsc

Redacción/dsc
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