CIUDAD DE MÉXICO.— Tras una aprobación en fast track en el Congreso de la Unión, este lunes fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reformas a Ley Minera, la de Aguas Nacionales, del Equilibrio Ecológico y la de Protección al Ambiente, así como Ley de Prevención y Gestión Integral de los Residuos; ello en materia de concesiones para minería y agua.
Con estas reformas, se establece que las concesiones se encuentran sujetas al régimen de dominio público de la Federación, y establecen una duración de treinta años, “contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Minería; de los cuales, los primeros cinco se destinarán a actividades pre operativas”.
Dichas concesiones tendrán una una primera prórroga de 25 años y la posibilidad de extenderla otros 25 más, es decir que tendrán una duración máxima de 80 años, en lugar de cien años como lo establecía la ley minera anterior; eso sí, siempre y cuando sus titulares no hubieren incurrido en cualquiera de las causales de cancelación.
El @DOF_SEGOB publicó reformas a la Ley Minera, en las que se establece:
⛏ Se permiten concesiones por 80 años, en lugar de 100, de la ley vigente
⛏ Se debe contar con concesión de agua para uso industrial en la minería
⛏ Las concesiones mineras se pueden cancelar pic.twitter.com/3POI22SXlZ— SPR Informa (@SPRInforma) May 9, 2023
La nueva Ley Minera detalla que las concesiones podrán ser canceladas por la Secretaría de Economía si las empresas mineras no realizan oportunamente los pagos de las contribuciones por dos ejercicios consecutivos, si no presentan los informes a los que están obligadas o por no iniciar los trabajos correspondientes en el plazo de un año.
Las modificaciones publicadas en el DOF señalan que la Secretaría de Economía, a través del Servicio Geológico Mexicano (SGM), será la encargada de dirigir la exploración del territorio nacional con objeto de identificar y cuantificar los recursos minerales potenciales del país.
“La persona que cuente con información de la que se desprenda que en un lote no asignado o concesionado existen minerales o sustancias no estratégicas o reservadas al Estado, puede presentarla a la Secretaría de Economía para que esta determine la conveniencia de ordenar al SGM la exploración”, indica.
#LeyMinera pic.twitter.com/plfBgwUgPp
— Economía México (@SE_mx) May 4, 2023
Además, el Servicio Geológico Mexicano podrá celebrar convenios de colaboración con las empresas interesadas en la extracción de minerales para explorar el lote concesionado; dicho convenio tendrá una vigencia improrrogable de hasta cinco años.
“En caso de que, como resultado de la exploración, se determine que existen minerales o sustancias económicamente aprovechables, el Servicio Geológico Mexicano propondrá a la Secretaría de Economía llevar a cabo el concurso correspondiente para que los interesados tengan derecho a obtener la concesión”.
Finalmente, en la publicación se señala que a partir de este momento quedará prohibido el otorgamiento de concesiones en áreas naturales protegidas o donde se ponga en riesgo la población, así como en zonas sin disponibilidad de agua, de conformidad con la prioridad de los usos establecida en la Ley de Aguas Nacionales.
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AM.MX/dsc