CIUDAD DE MÉXICO.- De octubre de 2024 a abril de 2025, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco)publicó en la Revista del Consumidor 14 estudios de calidad en los que se encontraron incumplimientos a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y a las Normas Oficiales Mexicanas que derivaron en multas por $3,279,326.00 en conjunto y, en un caso, en la prohibición de comercialización.
Cada mes, la revista publica dos estudios de calidad elaborados por el Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor (LNPC). De octubre de 2024 a abril de 2025 se han publicado 14 estudios, en los que 381 productos resultaron con observaciones que derivaron en la sustanciación de Procedimientos de Infracciones a la Ley.
En octubre de 2024 se llevó a cabo el estudio de calidad de Champú. De 15 productos analizados, siete incumplieron con las leyendas de sus etiquetas, y en dos casos se iniciaron procedimientos por infracciones a la LFPC que derivaron en multas por un total de $586,278.00.
Un mes después, en noviembre, se realizó el estudio de calidad a cinco marcas de Purificadores de agua y al no cumplir con la reducción bacteriana requerida, se interpusieron dos procedimientos por infracciones a la LFPC, mediante los que se
sancionó con la prohibición de la comercialización.
Respecto del estudio de calidad de cremas corporales, publicado en el mes de diciembre de 2024, se analizaron 47 marcas. En este caso se iniciaron cuatro procedimientos por no declarar su contenido correctamente ni cumplir con las leyendas de sus etiquetas y se impusieron multas por un total de $357,196.00.
En la edición de enero de 2025 la Revista del Consumidor publicó el estudio de calidad del Queso tipo americano. Del análisis realizado a 40 marcas se desprendieron cuatro procedimientos de infracciones a la LFPC que concluyeron con multas por un total de
$390,852.00.
En el caso del estudio de calidad de Enjuagues bucales, publicado en marzo de 2025, la Profeco efectuó 11 procedimientos por infracciones a la LFPC al incumplir con las leyendas de sus etiquetas, por lo que se impusieron multas por un total de $1,945,000.00.
Finalmente, en el estudio de calidad de jugos y bebidas saborizadas publicado en abril pasado, en nueve de 51 productos analizados se detectaron incumplimientos con las leyendas de las etiquetas.
Al respecto se encuentra en curso un procedimiento de infracción a la LFPC, mismo que está pendiente de resolución.
Cabe señalar que conforme a la LFPC, se podrá interponer, respectivamente, recurso de revisión o juicio contencioso administrativo federal, en contra de las resoluciones
dictadas por la Procuraduría, en términos de los artículos 135 de la LFPC, 165 de la LIC y 2 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. De ser el caso, se sustanciarán conforme a lo dispuesto por las disposiciones aplicables.
AM.MX/fm