CIUDAD DE MÈXICO.- La reciente implementación del “Plan Justo y Recíproco” por parte de la administración de los Estados Unidos ha traído consigo una preocupante confusión respecto a la naturaleza del Impuesto al Valor Agregado (IVA), planteando erróneamente que este impuesto actúa como una barrera comercial o un arancel encubierto, por lo que la International Chamber of Commerce (ICC) global e ICC México consideramos fundamental aclarar esta percepción equivocada, ya que las implicaciones de tal error podrían distorsionar las bases del comercio internacional y desatar respuestas proteccionistas injustificadas.
El IVA es, por definición, un impuesto indirecto al consumo que se aplica al valor añadido en cada etapa de la cadena de producción y distribución de bienes y servicios, destaca un Informe de Política de la ICC, donde subraya que la característica esencial del Impuesto al Valor Agregado es la neutralidad. Es decir, cada empresa a lo largo de la cadena puede deducir el IVA que ha pagado en sus compras (IVA soportado), trasladando la carga final exclusivamente al consumidor y este principio se sostiene tanto para productos nacionales como importados, garantizando que todos los bienes compitan en igualdad de condiciones dentro del mercado.
El principio de destino es clave para comprender por qué el IVA no discrimina contra las importaciones, ya que, bajo este principio, las exportaciones están exentas de IVA en el país de origen para evitar una doble imposición —es decir, para que el producto no pague impuestos tanto en el país donde se produce como en el país donde se consume—, mientras que las importaciones pagan el IVA del país de destino, igual que cualquier producto local. De esta forma, un automóvil fabricado en México que se exporta a Estados Unidos sale exento de IVA, y un automóvil estadounidense que se importa a México paga el IVA mexicano y este mecanismo no tiene nada que ver con un arancel, ya que no encarece las importaciones respecto a los productos locales, sino que asegura una tributación equitativa basada en el lugar donde ocurre el consumo.
De acuerdo con la ICC Global e ICC México, comparar el IVA con un arancel es un error conceptual grave porque los aranceles son impuestos directos sobre las importaciones con un propósito claro: proteger las industrias nacionales al elevar artificialmente el precio de los bienes extranjeros. El IVA, en cambio, no protege a las industrias locales ni impone sobrecostos diferenciados a los productos importados; únicamente grava el consumo sin importar el origen de los bienes, por lo que ignorar esta diferencia fundamental podría conducir a medidas de represalia comercial infundadas, erosionando la cooperación internacional y desestabilizando las cadenas de suministro globales.
El hecho de que Estados Unidos no cuente con un sistema nacional de IVA, sino con un impuesto sobre las ventas a nivel estatal, parece alimentar esta confusión. Mientras que el IVA se recauda de forma fraccionada a lo largo de la cadena de producción y distribución, el impuesto sobre ventas estadounidense se aplica solo en el punto final de venta. Esta diferencia estructural no implica una desventaja para las empresas estadounidenses; simplemente refleja distintos métodos fiscales para gravar el consumo. No obstante, utilizar esta disparidad como base para alegar un trato injusto distorsiona los principios fundamentales del comercio internacional.
La ICC Global y la ICC México exhortan a las autoridades estadounidenses a reconocer que atacar el IVA como si fuera un arancel no solo carece de fundamento económico, sino que sienta un peligroso precedente para futuras disputas comerciales porque, si los países que aplican el IVA fueran presionados a modificar sus regímenes fiscales bajo argumentos erróneos, el equilibrio fiscal global podría verse comprometido, incentivando respuestas proteccionistas y dañando a las pequeñas y medianas empresas que dependen del comercio transfronterizo.
El IVA es un método eficaz para generar ingresos gubernamentales sin crear barreras al comercio internacional, por lo cual ha sido adoptado por más de 170 países en todo el mundo. En algunos países se le conoce como Impuesto sobre Bienes y Servicios (GST, por sus siglas en inglés) en lugar de IVA, pero el concepto es el mismo. En cambio, los Estados Unidos son una excepción notable, al ser la única gran economía que no aplica un IVA nacional.
Más allá de las implicaciones económicas, es crucial mantener un diálogo informado y basado en hechos. La cooperación internacional exige un entendimiento claro de las diferencias entre los instrumentos fiscales y comerciales, evitando mezclar conceptos distintos como el IVA y los aranceles porque las medidas fiscales legítimas no deben ser usadas como pretexto para justificar políticas comerciales unilaterales.
En ICC Global e ICC México reiteramos nuestro compromiso de trabajar con gobiernos, empresas y organismos internacionales para promover un sistema comercial global justo y basado en reglas, por lo que, en este sentido, hacemos un llamado a las autoridades estadounidenses a reconsiderar su interpretación del IVA y a entablar un diálogo constructivo que fortalezca, en lugar de debilitar, las relaciones comerciales internacionales.
AM.MX/fm