martes, abril 23, 2024

Más de 50 mil trabajadores del IMSS han tramitado su ‘Permiso Covid’ en 7 días

CIUDAD DE MÉXICO.— Desde el 10 de enero a la fecha, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha otorgado 50 mil 967 autorizaciones del “Permiso Covid-19“, las cuales fueron tramitados a través de la aplicación IMSS Digital o en línea a fin de que puedan entregarlo a sus empleadores para justificar la ausencia en sus puestos de trabajo.

⇒ El “Permiso Covid-19“ es únicamente para personas inscritas en el Régimen Obligatorio y que el tipo de modalidad otorgue las prestaciones en dinero, y no a quienes están inscritos en las modalidades 32 (Seguro Facultativo), 33 (Seguro de Salud para la Familia) y 40 (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio).

Con el “Permiso Covid-19“, las y los trabajadores que presenten contagios del virus SARS-CoV-2 obtengan su incapacidad hasta por siete días y el pago correspondiente en su cuenta bancaria, de manera fácil, rápida y sin necesidad de realizar traslados con el fin de romper las cadenas de contagio.

El “Permiso Covid-19“ es una respuesta ante la pandemia, por ello se encuentra disponible y en funcionamiento para las personas trabajadoras con sintomatología de Covid-19, o aquellas personas asintomáticas que cuentan con una prueba de laboratorio con resultado positivo; se deberá llenar un cuestionario para obtener el permiso, esto a través de la aplicación IMSS Digital o el sitio web http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso.

El trabajador deberá agregar su CURP, NSS, Código Postal y dar clic en “Iniciar” para responder los cuestionarios sobre síntomas, vacunación y padecimientos preexistentes. Posteriormente, el sistema le pedirá ingresar información complementaria: Número telefónico de contacto y si cuenta con prueba de enfermedad respiratoria -aunque ésta no será condicionante para el otorgamiento de “Permiso Covid-19“ cuando se presentan síntomas.

⇒ Para finalizar la solicitud, deberá proporcionar un correo electrónico y la cuenta CLABE interbancaria para recibir el pago correspondiente; al obtener el permiso se deberá notificarlo al patrón con el fin de justificar la ausencia en su centro laboral.

Esta estrategia no está sujeta al semáforo epidemiológico y tampoco pide como requisito obligatorio presentar una prueba de Covid-19. La duración es de siete días para derechohabientes con síntomas y de cinco días para personas asintomáticas que tienen prueba positiva.

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AM.MX/dsc

Redacción/dsc
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