LABORES: Justicia en el Trabajo

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Por: José Dávalos

El trabajo de los presos

Los hombres y las mujeres que están en la cárcel son personas humanas y en su trabajo gozan de la protección de la Constitución y las leyes de la República. La jornada máxima de ocho horas, el salario mínimo, el descanso semanal, la participación de utilidades son derechos cuyo disfrute de ninguna manera perturba su situación de encarcelados.

Se les imponen jornadas extenuantes y se les pagan salarios miserables so pretexto de que están privados de la libertad y también de sus derechos legales. Lo que es una mentira que nadie con mínimo sentido común puede admitir. Los derechos de la Constitución y de la Ley Federal del Trabajo se les deben aplicar ampliamente.

Los presos, hombres y mujeres, son seres humanos, no esclavos.

Con cierta frecuencia las autoridades que tienen bajo su responsabilidad a los detenidos en las prisiones, dicen que van a encargar se hagan los estudios necesarios para proponer la legislación que proceda. Pero en este caso no hace falta más estudio que aplicar las normas constitucionales y legales.

Así se estará dando un gran paso en la solución del trabajo de los prisioneros.

Cuentan que un presidente de la República repetía con frecuencia una fórmula, que le dio resultados magníficos: Si quieren que un problema no se resuelva, formen una comisión que lo estudie y les proponga la forma de resolverlo. Como llegaba el momento en que se presentaban otros problemas inmediatos, los propios interesados olvidaban el que estaba en estudio.

¿Por qué trabajando ocho, diez o doce horas un preso no pueda obtener siquiera 88.36 pesos que es el salario mínimo? ¿Por qué los hombres y las mujeres privados de su libertad tienen que trabajar jornadas agotadoras y jamás reciben el pago del tiempo extraordinario?

Es un infierno el de esos trabajadores, que además del problema legal que tienen encima todavía cargan con trabajos que no les permiten ahorrar para ayudar a su familia.

Las autoridades federales y las locales deben conseguir que se haga justicia a los trabajadores que ahora están en prisión.

El artículo 123 de la Constitución y las normas de la Ley Federal del Trabajo regulan con gran claridad todo tipo de trabajo. El trabajo de los presos no tiene nada de extraño ni de particular, la aplicación de las normas del trabajo no tiene ninguna complicación.

La Constitución y la Ley son la voz clara de estos trabajadores, que piden justicia a gritos.

Josedavalosmorales@yahoo.com.mx

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