Deposita CFE dinero a miles de trabajadores por orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Fecha:

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico para que miles de trabajadores mexicanos puedan recibir indemnizaciones cuando sufran daños derivados del servicio público de energía eléctrica. De esta manera, no quedan desprotegidos ante accidentes que podrían haber sido evitados, ya que se trata de fallas de electricidad.

En una decisión tomada en sesión de Pleno el pasado 26 de noviembre de 2025, la Suprema Corte resolvió que las personas afectadas por accidentes provocados por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) pueden exigir directamente el pago a la aseguradora que respalda a la empresa estatal, sin tener que iniciar primero un procedimiento administrativo ante el Gobierno federal.

El fallo surgió a partir de los Amparos en Revisión 230 y 328/2025, relacionados con trabajadores de albañilería que sufrieron descargas eléctricas mientras realizaban sus actividades cerca de líneas energizadas. Las lesiones, de carácter grave, cambiaron por completo su calidad de vida. Ante ello, la Corte analizó la aplicación del artículo 147 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, el cual regula la responsabilidad de las aseguradoras frente a daños ocasionados por entes públicos.

Es decir, la aseguradora deberá depositar el monto correspondiente directamente a la persona afectada, sin que ésta tenga que enfrentar trámites burocráticos ni procedimientos administrativos previos. La decisión evita retrasos injustificados y consolida el derecho a una reparación integral cuando el Estado provoca daños mediante el funcionamiento irregular de sus servicios.

Suprema Corte: en qué casos aplica este fallo contra la CFE
La Suprema Corte también precisó que este derecho opera siempre que exista una póliza vigente que cubra el riesgo generado por la CFE. En caso de que el seguro no alcance a cubrir el total del daño —por ejemplo, en lesiones graves, incapacidad permanente o pérdidas económicas significativas—, la persona aún podrá recurrir a la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado para reclamar el monto faltante.

Esto se realiza a través de un procedimiento administrativo adicional, siempre y cuando se demuestre que hubo fallas o negligencias en la actividad del Estado. Con este fallo, la SCJN cierra filas en torno a la protección de las víctimas y envía un mensaje claro: el Estado debe responder de forma inmediata, completa y efectiva por los daños que cause.
AM.MX/fm

Compartir

Popular

Artículos relacionados
Related

La Odisea de Homero cobra vida, Nolan promete un viaje épico lleno de sorpresas

El primer tráiler de La Odisea de Christopher Nolan presenta a Matt Damon como Odiseo. Esta adaptación cinematográfica promete una experiencia visual impresionante, combinando mitología griega con tecnología Imax. El estreno está programado para julio de 2026.

Alerta SSC sobre fraude telefónico donde estafadores se hacen pasar por funcionarios del SAT

La Unidad de Policía Cibernética identificó este esquema como “phishing telefónico” o “vishing”, práctica que se apoya en el uso de lenguaje técnico y formal para generar confianza o presión en las víctimas.

Hot Wheels lanza edición limitada del taxi Tsuru, el coleccionismo se dispara en Mercado Libre

Hot Wheels lanza una edición limitada del Nissan Tsuru, homenaje al transporte público mexicano. Con solo 3,500 unidades disponibles, el coleccionismo se dispara en el mercado. Los precios de reventa alcanzan hasta 6,500 pesos, reflejando su alta demanda.

Un aumento oculto en los cálculos podría llevar la Pensión Mínima Garantizada por encima de los 11 mil pesos mensuales

Hasta ahí, todo claro, pero hay un segundo ajuste que pocos están mencionando: el factor inflacionario. Si la inflación cierra cerca del 3.8% estimado, se sumarían otros 404 pesos aproximadamente. El resultado final: 11,040.73 pesos mensuales para quienes se pensionen bajo la Ley de 1973 en cesantía en edad avanzada o vejez.