Ciudad de México.- Durante el tercer año de la II Legislatura del Congreso capitalino, se aprobó un dictamen crucial presentado por las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y de Administración y Procuración de Justicia. Esta aprobación marca un hito en la lucha contra la violencia ácida, modificando tanto la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México como el Código Penal para el Distrito Federal.
La diputada Ana Francis López Bayghen Patiño, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, destacó la falta de cifras y registros oficiales sobre ataques con ácido en México. No obstante, mencionó que la Fundación Carmen Sánchez, que apoya a las mujeres afectadas por estos ataques, ha registrado 28 víctimas en las últimas dos décadas. En el 85% de estos casos, los autores intelectuales fueron hombres, con cinco agresores siendo parejas sentimentales de las víctimas y 11 ex parejas.
La iniciativa, presentada por la diputada Marcela Fuente Castillo, busca visibilizar y tipificar los ataques con ácido, además de garantizar la reparación del daño y establecer medidas de prevención, protección y atención integral para las víctimas. Con la aprobación del dictamen, se reconoce la violencia ácida en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y se tipifican los ataques con ácidos y otras sustancias químicas o corrosivas como un delito en el Código Penal.
Una de las medidas adoptadas establece que las autoridades y el personal de salud deben llevar un registro y remitir estadísticas sobre los casos de violencia ácida a las autoridades competentes. Esto permitirá robustecer la información disponible y mejorar las medidas de prevención y protección.
El Código Penal ahora estipula que la pena por causar daño a la integridad física o salud a través de un ataque con ácido o cualquier compuesto corrosivo será de 8 a 12 años de prisión. Esta pena se incrementará en una mitad si el ataque causa deformidad en el rostro, pérdida parcial o total de los sentidos (oído, vista, habla), incapacidad permanente para trabajar, daño al aparato genital o funciones sexuales, afectación a una extremidad u órgano, o si la víctima es un niño, niña, adolescente o persona con discapacidad.
Además, cuando las lesiones resultantes de un ataque con ácido sean cometidas contra una mujer en razón de su género, la pena podrá incrementarse hasta en una mitad. Este delito será considerado tentativa de feminicidio si las lesiones provocan resección parcial o total de las mamas, alteración del aparato genital, daños en las funciones de reproducción sexual, deformidad o daño físico permanente en órganos internos o externos, o incapacitan permanentemente a la víctima.
La diputada Fuente Castillo subrayó la urgencia de abordar y avanzar en este tema, vinculando estas agresiones con la tentativa de feminicidio al establecer el término en la ley. Enfatizó la importancia de la prevención y la reparación del daño, reiterando que estas reformas son esenciales para proteger y garantizar una vida libre de violencia para las mujeres en la Ciudad de México.
Con estas reformas, el Congreso capitalino da un paso significativo hacia la erradicación de la violencia ácida, estableciendo un marco legal que protege a las víctimas y castiga severamente a los agresores.
AM.MX/CV