Congelará SAT cuentas bancarias de miles de mexicanos

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CIUDAD DE MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió una advertencia a miles de contribuyentes en México: aquellos que mantengan adeudos fiscales o realicen operaciones bancarias consideradas irregulares podrían ver sus cuentas congeladas. La medida forma parte de las acciones más estrictas de la autoridad para combatir la evasión y garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

En la práctica, el congelamiento de cuentas es una de las sanciones más severas, ya que limita por completo el acceso al dinero del contribuyente. Esto significa que no se pueden realizar transferencias, depósitos ni retiros, lo que afecta de manera directa la economía personal y familiar de quienes se encuentran en esta situación.

El SAT explicó que la medida no se toma de manera arbitraria, sino únicamente en casos donde existan deudas fiscales firmes, omisión de declaraciones, uso de facturas falsas o discrepancias notorias entre los ingresos declarados y los movimientos bancarios. Para muchos mexicanos, esta advertencia es un llamado urgente a revisar su situación fiscal y regularizarse antes de enfrentar este tipo de sanciones.

El congelamiento de cuentas bancarias por parte del SAT se da cuando un contribuyente presenta adeudos fiscales o incumple con sus declaraciones de impuestos. Entre los motivos más frecuentes se encuentran:
No pagar impuestos dentro del plazo legal.
Omitir la presentación de declaraciones mensuales o anuales.
No interponer medios de defensa cuando existe un crédito fiscal firme.
No ofrecer garantías suficientes para cubrir una deuda con la autoridad.
Detectar ingresos bancarios que no coinciden con lo declarado.
Uso de facturas falsas o simulación de operaciones inexistentes.

Cuando el SAT identifica alguna de estas irregularidades, puede instruir directamente a las instituciones financieras a inmovilizar los fondos del contribuyente. Esta acción está respaldada por el artículo 156-Bis del Código Fiscal de la Federación, que faculta al organismo a tomar la medida sin necesidad de un juicio previo, siempre que se trate de créditos fiscales firmes.

El congelamiento permanece hasta que la deuda se cubra o se presenten garantías que aseguren el pago, lo cual puede incluir hipotecas, cartas de crédito, fianzas o títulos de valor.

El contribuyente no se entera del congelamiento de manera inmediata en su banco, sino a través de notificaciones oficiales que realiza el SAT. Existen tres vías principales:
Buzón Tributario: es el medio más utilizado por la autoridad.
Correo electrónico registrado: se envía un aviso al contacto proporcionado al SAT.
Notificación en domicilio o estrados: en caso de no localizar al contribuyente, la autoridad publica el aviso en medios oficiales.

Una vez hecha la notificación, la autoridad ordena al banco bloquear la cuenta por el monto equivalente a la deuda, lo que incluye recargos, multas y gastos de ejecución.

Para recuperar el acceso a los fondos, el contribuyente debe:
Pagar el total del adeudo.
Establecer un acuerdo de pago con el SAT.

Presentar garantías aceptadas por la autoridad para cubrir el monto reclamado.

Este procedimiento puede ser tardado y generar complicaciones financieras importantes, por lo que la recomendación es mantener al día las obligaciones fiscales y revisar constantemente el Buzón Tributario.
AM:MX/fm

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