Ciudad de México.- El Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial capitalina los lineamientos para el pago de derechos por la expedición de licencias de medios publicitarios para el ejercicio fiscal 2024. Estos lineamientos estarán vigentes del 30 de abril al 20 de diciembre y permitirán el cumplimiento cabal en materia de derechos para la emisión de licencias por parte de personas físicas y morales que cumplan con la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México, promulgada en la actual administración.
Por primera vez en 10 años, se estima una recaudación anual total de más de 100 millones de pesos por el pago eficaz de derechos por emisión de licencias para medios publicitarios tipo autosoportados, muros ciegos de colindancia y vallas.
Se autorizará el pago hasta en tres parcialidades anuales, sin generar recargos ni actualizaciones a medios publicitarios tipo autosoportados y muros ciegos. Para medios publicitarios tipo vallas, se prevé la condonación parcial del 75% del pago por la expedición de las licencias respectivas, exclusivamente a quienes manifiesten su disposición a la regularización plena y a trabajar en el marco de la nueva Ley.
La expedición de licencias, previstas en la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México y su Reglamento, fortalece la certeza jurídica y transparencia en la instalación y permanencia de medios publicitarios y estará disponible para consulta pública en la Plataforma Digital de Publicidad Exterior de la Ciudad de México.
Estas disposiciones fortalecen y estimulan la regularización de pagos por parte de las empresas y les permiten cumplir con sus obligaciones fiscales en el marco normativo. Asimismo, refuerzan el combate a la ilegalidad en la publicidad, lo que evita multas y sanciones.
Es importante destacar que los medios publicitarios deberán contar con la opinión técnica favorable en materia de protección civil otorgada por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, así como con la responsiva de un Director Responsable de Obra y de un Corresponsable de Seguridad Estructural, antes de la emisión de la licencia.
Las personas físicas y morales que soliciten licencia deberán cumplir con lo establecido en el Séptimo Transitorio de la Ley de Publicidad Exterior respecto al proceso de ordenamiento de estos medios publicitarios, así como contar con el Acuerdo de Viabilidad y el expediente técnico correspondiente.
La Gaceta Oficial puede ser consultada en el siguiente enlace: https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/9e0dd7d5c5ed0ef82a674c85287673e8.pdf
AM.MX/CV