Cambios en reglamento de tránsito de la CDMX, incluye fotocívicas y trabajo comunitario

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Gobierno capitalino difunde esquema de fotocívicas y trabajo comunitario | La Crónica de HoyCIUDAD DE MÉXICO, 19 de marzo (AlMomentoMX).— El Gobierno de la Ciudad de México publicó modificaciones al Reglamento de Tránsito, las cuales contemplan el esquema de fotocívicas y trabajo comunitario, con lo cual se sustituyen a las fotomultas.

En la Gaceta Oficial, el secretario de Movilidad (Semovi), Andrés Lajous, detalló los puntos a eliminar de la licencia de conducir por cometer infracciones: desde amonestaciones verbales hasta cursos  de sensibilización y  trabajo comunitario.

Indicó que el trabajo comunitario consistirá en:

  • Limpieza, pintura y restauración de centros educativos, de salud o de servicio.
  • Mantenimiento de los bienes dañados por el infractor.
  • Obras de ornato en lugares de uso común.
  • Obras de balizamiento, limpia o reforestación de lugares.
  • Participación en talleres, exposiciones, muestras que organice la alcaldía.

Para aplicar las fotocívicas, cada matricula tendrá 10 puntos iniciales, los cuales se restarán según las infracciones. La primera y la segunda infracción no tendrán sanción, solo una amonestación verbal.

A la tercera, cuarta y quinta sanción, el ciudadano deberá presentarse a un curso de sensibilización en línea, intermedio o presencial, respectivamente. Pero a partir de la sexta infracción, el conductor deberá cumplir dos horas de trabajo comunitario. En caso de llegar a las 10 infracciones, se tendrá que hacer ocho horas de trabajo.

Por otra parte, las nuevas modificaciones al Reglamento de Tránsito de la CDMX señalan que los autos con placas particulares en la Ciudad de México, estacionados en lugares prohibidos o con vencimiento del pago de parquímetro, estarán exentos de la colocación de inmovilizadores.

Las arañas  solo se les aplicará a vehículos foráneos. Si no se puede hacer el pago de la multa en el momento, el agente de tránsito tendrá que retirar la placa delantera o retener la licencia de conducir. Entonces, el infractor tendrá que acudir a una oficina de Seguridad Ciudadana para realizar el pago de la multa y así se le podrá devolver su matrícula.

En tanto, la infracción por conducir con exceso de velocidad se aplicará cuando se aumente el 40 por ciento del limite permitido. También se agregó el concepto de “vehículos de apoyo peatonal”, que reconoce jurídicamente a los monopatines y bicicletas sin anclaje.

Las modificaciones al nuevo Reglamento de Tránsito entrarán en vigor el 22 de abril de 2019

AM.MX/dsc

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