jueves, marzo 28, 2024

Aunque sea verdad, serán delito las publicaciones que se considere que “desprestigia” a alguien

CIUDAD DE MÉXICO, 15 de diciembre (AlMomentoMX).-  La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Civil Federal en donde se establece que en la reparación del daño moral se considere el hecho ilícito de aquel que comunique, a través de cualquier medio tradicional o electrónico, un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causar deshonra, descrédito, perjuicio o exponer al desprecio de alguien.

En las modificaciones, que se aplicaron a la fracción 1 del artículo 1916 del citado código, fueron avaladas con 386 votos a favor. Fue turnado al Senado para su eventual aprobación.

La reforma establece que la libertad de expresión debe privilegiarse respecto de otros derechos; sin embargo, al igual que todo derecho, este no es de carácter absoluto, sino encuentra su límite en el derecho al honor y a la imagen.

También se reconoce que el derecho a la imagen se haya indisolublemente ligado a la individualidad de la persona, y de ahí deriva la dignidad de las personas.

Por lo que si una persona se siente  “desacreditada” o expuesta al desprecio de alguien por un “meme”, aunque sea cierta, podría presentar una demanda civil para “reparar el daño”.

En redes sociales se enviaron mensajes donde se alertaba sobre las sanciones a quienes investiguen casos como los de la Casa Blanca y Odebrecht, o cualquier hecho de corrupción.

AM.MX/dsc

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