viernes, abril 19, 2024

Aprueban diputados “terrorismo fiscal”

CIUDAD DE MÉXICO.- El “terrorismo fiscal” fue aprobado por mayoría de Morena en la Cámara de Diputados. El SAT podrá entrar a tu domicilio y grabar todos tus bienes como ropa interior, muebles, televisiones, electrodomésticos, cepillo de dientes, jabones, cama, cobijas, etc. y todo lo que quieren.

En la miscelánea fiscal para 2021 propuesta por el gobierno de López Obrador, se incluyen medidas como la captura de imágenes y videos por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a los bienes de los contribuyentes dentro de sus domicilios fiscales.

“Las personas físicas deberán otorgar permiso a los funcionarios del SAT y podrán solicitar que las cámaras o teléfonos móviles con los cuales realicen las grabaciones sean los acreditados por esa dependencia; es decir, no podrán utilizar aparatos particulares”.

CREAN Y AUMENTAN IMPUESTOS

También se aprobó una cuota adicional de 6 por ciento al uso del espectro radioeléctrico; la aplicación del impuesto al valor agregado (IVA) en la compraventa por Internet de bienes usados, así como tasas fijas para los servicios de transporte y de hospedaje y ventas mediante plataformas digitales.

En los servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes la retención del impuesto sobre la renta (ISR) será de 2.8 por ciento; por la prestación por servicios de hospedaje de 5 por ciento, y por la enajenación de bienes y prestación de servicios, la tasa será de 2.4 por ciento.

La Cámara de Diputados aprobó la miscelánea fiscal en lo general con 291 votos en favor –de Morena y sus aliados–, contra 142 de la oposición. Se confirmó el rechazo a la cuota complementaria del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) a gasolinas. O sea un “gasolinazo disfrazado”.

La reforma a la Ley del ISR prevé que, al definir una tasa única por actividad, se simplificará el tratamiento fiscal y se facilitará la operación del modelo de negocios de la economía digital.

Los Diputados de Morena, autorizaron nuevos términos al artículo 45 del Código Fiscal de la Federación para las visitas a los contribuyentes. Con ello, las personas físicas o morales están obligadas a permitir el acceso a los visitadores designados por las autoridades fiscales, así como mantener a su disposición la contabilidad y papeles que acrediten el cumplimiento de las disposiciones fiscales.

Los contribuyentes también deberán permitir la verificación de bienes y mercancías, así como de los documentos, estados de cuentas bancarias, discos, cintas o cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos en el domicilio fiscal.

Además, aunque la explicación de la Secretaría de Hacienda fue que se tomarían fotografías o videos sólo para comprobar, desde el exterior, la dirección del domicilio fiscal, finalmente se autorizó el uso de herramientas tecnológicas para recabar imágenes o archivos electrónicos que sirvan como constancia de los bienes y archivos que existen en el domicilio fiscal.
AM.MX/fm

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