jueves, abril 25, 2024

Aplica Cuba Tarea Ordenamiento: nuevos salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social

LA HABANA, CUBA.- Con la presencia del General de Ejército Raúl Castro Ruz, Primer Secretario del Partido Comunista de Cuba, el Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, informa este jueves que se ha decidido por el Buró Político del PCC, informar a nuestro pueblo sobre el inicio de la Tarea Ordenamiento, el 1ro. de enero de 2021, con una tasa de cambio única de 24×1.

La Tarea Ordenamiento no constituye por sí misma la solución mágica a los problemas de nuestra economía, pero favorecerá el avance de la economía nacional. Es una tarea compleja que se acrecienta por los efectos del bloqueo de Estados Unidos contra Cuba, la pandemia de Covid-19, y la crisis económica mundial.

Uno de los mayores desafíos es enfrentar la inflación, por lo que los precios inflados no se permitirán y serán enfrentados con rigor. Están creadas las condiciones que permiten asegurar que nadie quedará desamparado, y que en Cuba socialista no se emplearán terapias de choque contra el pueblo.

El ordenamiento monetario también crea condiciones para que el sistema empresarial pueda tomar decisiones adecuadas, y progrese con incremento de beneficios para sus trabajadores y toda la sociedad.

A partir de este momento se realizará un proceso de información puntualizada al pueblo sobre las medidas a tomar como parte de este proceso.

La Gaceta Oficial Extraordinaria No.69 publicó resoluciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) que establecen los nuevos cambios en la distribución de los ingresos de la población en lo referido a los salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social, como parte del proceso de ordenamiento monetario que comenzará el próximo 1ro de enero.

A partir de ese día se quedará el CUP como única moneda y una tasa de cambio de 24 pesos cubanos por un dólar, tanto para la población como para el sector empresarial, según anunció el presidente Miguel Díaz-Canel Bermúdez.

Detalles de las normas del MTSS:

El salario mínimo del país se eleva a 2 100 pesos mensuales.

Divididos en 32 grupos de complejidad, se establecen los salarios escalas, según régimen de trabajo y descanso. Las escalas parten de 1 910 y 2 100 pesos para aquellos que laboran 40 y 44 horas semanales, respectivamente, y se fija en la última escala 9 510 pesos para quienes trabajen 44 horas semanales.

La norma plantea que se mantendrán los pagos adicionales mensuales:

Por condiciones laborales anormales; Por trabajar en turnos nocturnos y mixtos.

Por ostentar la categoría de Máster o la Especialidad equivalente reconocida por el Ministerio de Educación Superior, 440 pesos y por el grado científico de Doctor, 825 pesos, los que se reciben por una sola titulación, siempre que los profesionales desempeñen un cargo con exigencias de nivel universitario.

Coeficiente de interés económico social del treinta por ciento (30%) del salario básico para los trabajadores que laboran en el municipio de Caimanera, provincia de Guantánamo.

Para las profesiones que se certifican internacionalmente, 685 pesos.

Por impartir docencia en Salud Pública, para médicos, estomatólogos y otros profesionales que no ocupan plazas docentes.

A la vez, se dejan sin efecto para todos los trabajadores pagos adicionales mensuales como por ocupar cargos técnicos, por trabajar en los organismos globales y del perfeccionamiento empresarial en las entidades autorizadas a aplicarlo, entre otras.

La pensión mínima por edad e invalidez total del Régimen General de Seguridad Social, y de los regímenes especiales de los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, será de 1 528 pesos.

Las pensiones concedidas por el Régimen General de Seguridad Social se incrementan en correspondencia con una escala, que va de 1 528 pesos (para aquellos que cobren actualmente entre 280 y hasta 300 pesos) a 1 733 para quienes reciban de 446 a 500 pesos.

En la resolución se precisa que las pensiones superiores a 501 pesos mensuales, reciben un incremento de 1 528 pesos cada una.

Como parte del compendio legislativo está la Resolución número 33, que especifica sobre el régimen laboral en la inversión extranjera, y puntualiza que el pago del salario de los cubanos residentes en el territorio nacional y extranjeros residentes permanentes en Cuba que prestan servicios en las empresas, lo realiza en pesos cubanos la entidad empleadora, encargada de seleccionar y suministrar el personal que presta los servicios a las empresas.

El salario se fija por acuerdo entre la entidad empleadora y la empresa con capital extranjero teniendo en cuenta la complejidad, las condiciones del trabajo y requisitos adicionales de los cargos.

El salario acordado no puede ser inferior al que corresponde a cada cargo en la escala salarial vigente.
AM.MX/fm

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