CIUDAD DE MÉXICO, 7 de febrero (AlmomentoMX).- Fuera de audiencia constitucional y, luego de recibir copia de la determinación del Juez en el Centro Federal de Justicia Penal en Nezahualcóyotl, Estado de México, en la que lo vinculó a proceso por lesiones dolosas y pandillerismo; el juzgador de amparo lo consideró una causa de improcedencia del juicio y lo sobreseyó.
Ante este cambio de situación jurídica, el juez consideró que la vinculación a proceso excluye a la orden de aprehensión, acto reclamado por España Moya, por lo que el amparo es improcedente contra el mismo.
En consecuencia, el ex policía estatal no cuenta ya con ninguna suspensión a su favor que congele su estancia en el penal de Neza-Bordo.
AM.MX/fm