SCJN declara inconstitucional la penalización del aborto en Coahuila

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COAHUILA.- Con 10 votos a favor, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto en el estado de Coahuila.

Esta decisión implica la invalidez del artículo 196 del Código Penal de este estado, la cual planteaba la imposición de la pena de prisión de uno a tres años a la mujer que voluntariamente interrumpiera su embarazo y que se hacía extensivo a las personas que le asistieran.

A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este Tribunal Constitucional”, dijo el ministro presidente Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea.

La discusión inició el pasado lunes y se evaluó la despenalización de la interrupción del embarazo, así como el derecho de los médicos a oponerse a practicarlo, con base en la llamada objeción de conciencia.

Los proyectos fueron elaborados por la ponencia del ministro Luis María Aguilar, quien propuso avalar el artículo 10 Bis, segundo y tercero transitorios de la Ley General de Salud que prevén la figura de objeción de conciencia.

Hasta el momento suman cuatro entidades en México que han despenalizado el aborto: Oaxaca, Hidalgo, Ciudad de México y Veracruz.

Además, en la sesión del Pleno también se declaró la invalidez del artículo 224 en el tema correspondiente a la violación entre cónyuges.

 

Continúa leyendo: 

 

Estas son las cuatro entidades en las que el aborto es legal

 

AM.MX/vgs

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