Congreso español aprueba la eutanasia

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MADRID.- El congreso de Diputados de España aprobó, con 198 votos a favor 38 en contra y 2 abstenciones, la proposición de ley orgánica impulsada por el PSOE que establece las exigencias, garantías y condiciones necesarias para pedir y recibir la eutanasia.

En próximos días, la medida pasará al senado, aunque no se prevé que esta instancia cambie el rumbo de la iniciativa. Tres meses de su publicación en el Boletín Oficial (BOE), aproximadamente en abril, la medida entrará en vigor.

Al respecto, Salvador Illa, ministro de Sanidad, afirmó que “hoy se impone el sentido común y la humanidad”.

La medida fue apoyada por todas las fuerzas políticas salvo VOX, el PP y UPN. Aunque en opinión del PP “es una derrota para todos”, la ley ha sido celebrada por varios sectores de la población.

El PSOE, por boca de María Luisa Carcedo, ex ministra de Sanidad e impulsora decisiva de la norma, ha defendido la ley porque “piensa en la condición humana, que es vida, pero también padecimiento y muerte”. “La eutanasia”, aseguró, “es un instrumento del que disponemos para ponerlo al servicio de un proyecto humanizador. Es un derecho que nos hace libres”.

Carcedo ha acusado a la derecha de “enzarzarse en batallas apocalípticas cada vez que se pretende avanzar en derechos” y ha insistido en las “garantías” que ofrece la ley.

“Nadie pierde hoy, pero ganan quienes realmente necesitan esta libertad para decidir morir dignamente”, ha defendido desde la tribuna de oradores el portavoz de Más País, Íñigo Errejón.

Condiciones

El texto aprobado establece como condiciones imprescindibles para recibir la eutanasia que la persona afectada lo solicite dos veces con una diferencia al menos de 15 días. También debe hacerlo voluntariamente, con plena autonomía y tras haber sido informada detalladamente y por escrito de su situación médica, del proceso que seguirá la misma y de las alternativas paliativas si las hubiere.

El solicitante debe sufrir una enfermedad grave e incurable que provoque sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable o padecer una dolencia crónica e invalidante que incida directamente sobre su autonomía física, de expresión y relación con seguridad de que dichas limitaciones no tienen posibilidad de curación o mejoría.

En el caso de personas absolutamente incapacitadas, sin consciencia, será imprescindible que exista un documento de instrucciones previas, un testamento vital, suscrito por ella misma cuando se encontraba en condiciones de hacerlo y en el que expresamente afirme su decisión de acceder a la práctica eutanásica.

Además, todo l proceso debe ser supervisado, informado, certificado y asistido por un médico responsable que deberá además recabar opinión de otro médico consultor. Todos los informes y la decisión correspondiente al caso se elevarán a la Comisión de Evaluación y Control que deberá conformarse en cada Comunidad Autónoma. Todos estos trámites pueden conllevar aproximadamente dos semanas.

AM.MX/iv

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