Nuevo acuerdo entre México, EUA y Canadá, con grandes compromisos y desafíos en materia laboral

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CIUDAD DE MÉXICO, 3 de octubre (AlmomentoMX).- Como parte de la renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), un nuevo acuerdo comercial se ha alcanzado entre México, Estados Unidos y Canadá con el establecimiento de un Capítulo Laboral, en el que se plantean sanciones más severas a las violaciones en esta materia, en contraste con el tratado que le antecede.

“Aunque todavía no se conoce el texto definitivo y oficial del capítulo laboral, sabemos que éste tiene como objetivo reformar los compromisos asumidos por los países participantes, bajo los principios y derechos fundamentales establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en su delcaración de 1998, donde se busca garantizar la efectiva implementación de los derechos laborales fundamentales y promover la transparencia en la aplicación de la legislación laboral”, explicó Óscar De la Vega, socio fundador del despacho De la Vega & Martínez Rojas.

Entre los temas prioritarios de este Capítulo Laboral, destaca la protección a los trabajadores migrantes y la atención de casos de violencia relacionados directamente con el ejercicio de los derechos laborales; así como el establecimiento de un Consejo Laboral a nivel ministerial, que se reúna una vez al año para revisar el cumplimiento y efectividad del Capítulo Laboral.

“Nuestro país ha asumido compromisos para la aplicación efectiva de los derechos laborales fundamentales en la legislación nacional, en lo que respecta a libertad de asociación; eliminación de cualquier forma de trabajo forzoso; abolición del trabajo de niños y otras protecciones a favor de niños y menores; eliminación de cualquier forma de discriminación; y proveer condiciones de trabajo aceptables sobre salario mínimo, jornada y seguridad e higiene”, añadió el abogado laboral.

México se ha planteado nuevos objetivos con la inclusión de este apartado, teniendo que generar acciones específicas para la negociación colectiva:

  • Garantizar el derecho de los trabajadores a participar en negociaciones colectivas. Garantizar la libertad de sindicación de los trabajadores.
  • Establecer órganos independientes e imparciales para registrar elecciones sindicales y resolver disputas relacionadas con contratos colectivos.
  • Establecer requisitos para el registro de contratos colectivos.
  • Garantizar la transparencia en la negociación de contratos colectivos.

En el nuevo acuerdo comercial USMCA (por sus siglas en inglés) es acorde con los cambios constitucionales que México ha llevado a cabo, como en el caso de la reciente ratificación del Convenio 98 de la OIT, sobre la libertad de sindicación y negociación colectiva.

“En virtud de las nuevas obligaciones laborales aceptadas en el TPP y en el USMCA, es necesario que las empresas mexicanas lleven a cabo un análisis de su estrategia sindical, sobre todo aquellas que cuentan con un contrato colectivo de trabajo “no activo” o de protección, alineadas con el nuevo marco legal, que una vez ratificado por el Senado Mexicano, implicará el cumplimiento inmediato (“compliance”) de diversas obligaciones que tendrán el rango de disposición constitucional”, concluyó De la Vega.

AM.MX/fm

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