martes, noviembre 26, 2024

Modifican resultado de comicios en Mérida

Foto: Especial / Debido a impugnaciones, se realizó un nuevo cómputo de votos, el cual favoreció al candidato por la coalición Juntos Haremos Historia, revocando la constancia de mayoría a Cecilia Patrón Laviada.

MÉRICA, YUCATÁN, 29 de julio (AlMomentoMx).- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la constancia de mayoría al cargo de diputado federal del 03 Distrito Electoral en Mérida, Yucatán, otorgada a Cecilia Patrón Laviada, cambiando, así, de ganador en favor de Roger Hervé Aguilar Salazar.

En sesión pública, El Pleno de la Sala Regional Xalapa del  modificó los resultados contenidos en el acta de cómputo distrital de la elección de diputado federal del 03 Distrito Electoral en Mérida.

En sesión pública, El Pleno de la Sala Regional Xalapa del TEPJF modificó los reslutados contenidos en la acta de cómputo distritial, revocando en consecuencia la constancia de mayoría expedida a favor de la fórmula de candidatas de la coalición Por México al Frente, integrada por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC).

De ahí que se ordenó expedir una nueva constancia de mayoría y validez a la fórmula de candidatos postulados por la coalición Juntos Haremos Historia, integrada por los partidos del Trabajo (PT), Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y Encuentro Social (PES).

En los juicios de inconformidad 40 y 41, promovidos por Morena y el PAN, la pretensión de los actores consistió en que se corrigiera el cómputo que fue materia de recuento.

Ello, de manera que se declarara la nulidad de la votación recibida en casillas o, en su caso, la nulidad de las casillas impugnadas. En el caso de Morena impugnó 12 casillas, y el PAN 134.

De las casillas impugnadas por Morena, los magistrados determinaron declarar como fundados los agravios relativos a la existencia de un error aritmético en la captura de cifras de los resultados obtenidos durante el recuento de cinco casillas (374-C1, 525-C1, 601-C1, 615-C1, 619-B).

Lo anterior, pues del análisis del Acta de Recuento, el Acta de Escrutinio y Cómputo, y la Lista Nominal de Electores, se determinó que en la captura de datos, indebidamente se restaron 225 votos a Morena y se sumaron cinco al PAN, por lo que ordenaron hacer los ajustes correspondientes a dicho cómputo.

En lo que respecta a los agravios presentados por el citado partido político sobre la nulidad de votación recibida en las siete casillas restantes, se determinó anular la votación en sólo cuatro casillas.

Por otra parte, de los agravios presentados por el PAN, se acreditaron las causales de nulidad de casilla sólo en dos de las 134 impugnadas.

Las casillas 308-C9 y 1121-B se anularon, toda vez que las mesas directivas fueron integradas por personas distintas a las designadas por el órgano electoral competente, sin pertenecer al listado nominal de la sección de las casillas impugnadas.

Por último, en lo que respecta a las 132 casillas restantes, se desestimaron los agravios formulados por el partido blanquiazul, al no acreditarse las causales de nulidad de votación recibida en casilla o, en su caso, al no ser determinantes para actualizar tal nulidad.

Dada la nulidad de las casillas 308-C9 y 1121-B, se volvió a corregir el cómputo de la elección, y el resultado final fue primer lugar al candidato de la coalición Juntos Haremos Historia con 78 mil 585, y segundo al candidato de la coalición Por México al Frente, con 78 mil 194.

(Con información de Notimex)

AM-MX/mla

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