TAS resolvió a favor de Pumas: Dani Alves deberá pagar por “daños y perjuicios”

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CIUDAD DE MÉXICO.— El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) falló a favor del Club Universidad Nacional, en el caso que abrió contra el futbolista brasileño Dani Alves, ex futbolista de Pumas, derivado de la rescisión de contrato unilateral ocurrida en 2023.

A través de un comunicado, el club universitario destacó que el TAS revocó la decisión de la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA, emitida el 15 de mayo de 2024, la cual originalmente había fijado una indemnización menor en favor de Pumas.

 “El TAS resolvió a favor del Club, revocando la decisión del 15 de mayo de 2024 emitida por la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA y dictando una nueva decisión en la que, aparte de confirmar la validez de la rescisión contractual con justa causa ejercida por el Club, condenó al Sr. Alves al pago de una suma mayor a la establecida por la FIFA, por concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a esta institución”, afirmó Pumas.

La nueva resolución no solo ratifica que el equipo actuó con justa causa al finalizar el vínculo contractual, sino que además ordena al exjugador pagar una suma mayor a la establecida por la FIFA, como indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la institución universitaria.

El brasileño Dani Alves jugó del 2022 al 2023 con el conjunto universitario, después de que el lateral tuvo un paso en equipos como Barcelona, Juventus y PSG. Sin embargo, no pudo cumplir con sus compromisos contractuales debido a que tuvo problemas legales que le impidieron salir de España, por lo que Pumas acudió al TAS.

• En febrero de 2024, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña lo sentenció a 4 años y medio en prisión; pero, para marzo de 2025, Dani Alves fue absuelto ya que le propio tribunal consideró que el dictamen original presentaba “vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos“. Además de determinar que las pruebas recopiladas que concluyeron el fallo condenatorio no permiten “superar los estándares que exigen la presunción de inocencia”.

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AM.MX/dsc

Redacción/dsc
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