CIUDAD DE MÉXICO.— Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) mantuvo la imposición de que los partidos políticos estén obligados a postular al menos a cinco mujeres para las nueve gubernaturas que se renovarán en las elecciones de 2024.
Tres magistraturas votaron por echar abajo el proyecto del magistrado Felipe de la Mata, que proponía tumbar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral y planteaba excluir a Yucatán y en las ocho entidades restantes imponer cuatro espacios para hombres y cuatro para mujeres.
⇒ Los votos en contra del proyecto fueron de los magistrados Janine Otálora, Mónica Soto y Reyes Rodríguez Mondragón; en contraste, los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes votaron a favor. Con ello, echaron abajo la impugnación impuesta por Movimiento Ciudadano contra el decreto del INE.
#ÚLTIMAHORA La Sala Superior del @TEPJF_informa rechaza el proyecto que pretendía revocar el acuerdo de paridad de género del @INEMexico.
Los partidos políticos deberán postular a mujeres en cinco de nueve gubernaturas, incluido Puebla. @retodiariomx pic.twitter.com/JabljGsvZm
— Berenice Martínez (@bereymar2) November 8, 2023
La magistrada Janine Otálora se pronunció en contra de que los partidos postulen únicamente a cuatro mujeres, ya que seis de las nueve entidades que irán a elecciones en 2024 nunca han tenido una gobernadora.
“Tomando en cuenta la subrepresentación histórica de las mujeres en los estados donde se renovarán las gubernaturas, siguiendo la jurisprudencia de esta Sala Superior en el sentido de que la paridad debe interpretarse en beneficio de las mujeres y a partir de nuestros propios precedentes, no comparto que no sean cinco las candidaturas a gubernaturas que deban postular los partidos políticos”.
La magistrada Mónica Soto se pronunció en contra de la propuesta, al considerar que se deben incluir en el acuerdo de paridad a los nueve estados que renuevan gubernatura. Mientras que el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, planteó que el INE sí está facultado para emitir estos criterios de paridad.
Movimiento Ciudadano había presentado una apelación ante el TEPJF donde señaló que el INE se extralimitó en sus facultades como órgano electoral y vulneraba el derecho de autogobierno de los partidos, esto luego de que el Consejo General del Instituto les ordenara a todos los partidos políticos, en aras de mantener la paridad de género, designaran a cinco mujeres candidatas y cuatro hombres.
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AM.MX/dsc