Fuerzas Armadas pueden hacer detenciones sin avisar a la policía: SCJN

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CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que las Fuerzas Armadas puedan realizar detención sin que se vean obligadas a dar parte a la policía.

Así lo avaló la SCJN a través de la constitucionalidad de la Ley Nacional del Registro de Detenciones (LNRD).

Asimismo, pidió al Congreso de la Unión realizar las modificaciones a la ley, a fin de establecer los protocolos de actuación para evitar la vulneración de las bases de datos que contiene.

La SCJN discutió en su sesión del martes 24 de enero la constitucionalidad de la LNRD, la cual, había impugnado la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en el año 2019.

La CNDH declaraba que dicha ley no expresaba de manera clara cuáles eran las obligaciones de las Fuerzas Armadas al momento de realizar una detención.

Así, los ministros de la SCJN establecieron una interpretación clara que establece que los miembros del Ejército, Marina y Guardia Nacional, que lleven a cabo la detención de personas, tendrán la obligación de dar de alta la información de los capturados en el Registro Nacional de Detenciones.

De esta manera, no tendrán que avisar a la policía cuando realicen alguna detención.

Por su parte, la Organización México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), a través de sus redes sociales, lamentó que la SCJN discutiera la LNRD “a espaldas de la ciudadanía”.

El organismo no gubernamental mencionó en su comunicado que la discusión de la LNRD es un tema de interés para toda la ciudadanía, ya que trata acerca de la presencia de las Fuerzas Armadas en sus labores de apoyo a la seguridad pública.

De igual forma, MUCD indicó que este tipo de discusiones son en extremo relevantes, ya que este tipo de leyes están relacionadas directamente con el tratamiento a los derechos humanos.
AM.MX/fm

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