viernes, marzo 29, 2024

SIN LÍNEA: El Nuevo Sistema de Justicia Penal ¿benéfico sólo para delincuentes?

José SÁNCHEZ LÓPEZ

El 18 de junio de 2016, a las cero horas, nació el Nuevo Sistema de Justicia Penal, pensado como la panacea en el terreno de la impartición de justicia.

De entrada, sólo siete delitos fueron considerados como graves, en los que los presuntos serían encarcelados preventivamente durante el tiempo que durara el proceso.

El resto de los ilícitos, los imputados podrán enfrentarlo en libertad.

Delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas y delitos cometidos con medios violentos (armas y explosivos), así como infracciones graves que establezca la ley en cuanto a seguridad nacional y el libre desarrollo de la personalidad y la salud (¿?).

Con esas reformas, si alguien fuera acusado de un fraude multimillonario o de abusar sexualmente de un menor, podrá enfrentar el proceso en libertad porque eses delitos no están contemplados COMO GRAVES.

En ese nuevo esquema, “prevalecerá la presunción de inocencia, se privilegiará la conciliación y habrá equilibrio entre los derechos de la víctima e imputado y se impediría que inocentes fueran a prisión para, después de años, absolverlos”, según los doctos que se tornaron legos.  

El objetivo sería hacer la impartición de justicia más eficiente, expedita, transparente y humana.

No habrá vacíos, ni se abría una puerta a la impunidad, aseguraron.

A nivel de escritorio todo fue perfecto.

Pero es obvio que por los resultados, no dejaron sólo rendijas sino enormes boquetes legales por los que los delincuentes, incluso los de alta peligrosidad, burlan a la ley.

LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, advirtió reiteradamente que si una detención es arbitraria, falla todo el esquema; si el Ministerio Público no es capaz de sostener la legalidad de la actuación policial en los tribunales, falla; si el fiscal y el defensor no  argumentan con claridad jurídica y solvencia en las audiencias, fallan los principios torales del sistema y si el juzgador absuelve por deficiencias probatorias o vicios procesales (el indebido proceso), aun cuando esa decisión sea correcta y conforme a la protección de los derechos del imputado, para la víctima y para la sociedad, eso significa que todo el sistema ha fallado.

Pero no hay de qué preocuparse, porque sabemos que en este país, nada falla

¿O sí?

¿Que si ROBERTO BORGE ANGULO, ex gobernador de Quintana Roo, puede quedar en libertad condicional al ser extraditado a México, porque ni aquí ni en Panamá, es delito grave el haberse apoderado de miles de millones de pesos? cosas del NSJP.

¿Que la misma historia podría repetirse en el caso de “Javidú” (JAVIER DUARTE DE OCHOA, ex gobernador de Veracruz), de ser repatriado de Guatemala a nuestro país?

Pues ni modo, no se puede ir contra la ley, porque ¿qué tal si lo encarcelan y después resulta inocente?

No, desde luego que no, hay que ceñirse al NSJP.

Sabedor de esos resquicios legales, LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, ex gobernador de Aguascalientes, se envalentonó y ya pidió a un juez federal que obligue a la PGR que determine si solicita o no, orden de aprehensión en su contra, por lavado de dinero, pues dice que ya van dos años que lo investigan y aún no determinan su situación legal.

Así que con el NSJP, no nos asombremos de ver libres a delincuentes de toda clase, sin importar el delito que cometieron.

De haber existido el NSJP en la década de los cincuentas, seguro que Pepe El Toro”, que al final resultó inocente, no habría sido enviado a chirona.***LA ABSOLUCIÓN DEL CULPABLE, ES LA CONDENA DEL ACUSADOR.***AU REVOIR.

                                                                                                           joebotlle@gmail.com

 

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