viernes, abril 19, 2024

Tribunal de España eleva la condena de “La Manada” a 15 años

CIUDAD DE MÉXICO, 21 de junio (AlMomentoMX).— El caso de La Manada no fue un abuso sexual sino una violación en grupo. Así lo ha determinado el Tribunal Supremo de España, que ha elevado de nueve a 15 años de prisión la condena contra los cinco integrantes del grupo, quienes en 2016 violaron (en grupo) de una joven y se grabaron para alardear.

El tribunal decidió anular la sentencia de nueve años de prisión, impuesta en 2018 a José Angel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero por abuso sexual y no por violación, un delito que según el Código Penal español exige que hubiera intimidación o violencia.

Los magistrados aplican, además, dos agravantes que elevan la pena: trato vejatorio y actuación conjunta de dos o más personas. La decisión del Supremo implica que la condena ya es firme y los acusados tendrán que ingresar en prisión en los próximos días. Los cinco miembros de La Manada han sido detenidos este mismo viernes, según fuentes policiales.

El Supremo ha elevado de 9 a 15 años la pena de prisión para cada uno de los miembros de la Manada. Además, a uno de ellos, Antonio Manuel Guerrero, le impone dos años más por el robo con intimidación del teléfono móvil de la víctima.

Los cinco miembros de La Manada, como se hacían llamar en un grupo de WhatsApp donde se jactaron de la violación, también tienen prohibido acercarse durante 20 años a la víctima e indemnizarla con 100 mil euros (unos 113 mil dólares).

La sentencia con los argumentos completos del Tribunal Supremo tardará unas semanas pero, en un comunicado hecho público para dar a conocer el fallo, los magistrados adelantan ya parte de sus conclusiones. “El relato fáctico describe un auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados”, advierte.

El Supremo cree que la víctima sufrió una “situación intimidante” que hizo que ella misma “adoptara una actitud de sometimiento, haciendo lo que los autores le decían que hiciera ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducida a la fuerza”.

Además, los magistrados consideran que los acusados se “aprovecharon” de estas circunstancias para atacar a la joven, que sufrió al menos “diez agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales”.

La decisión del Tribunal cierra así un caso conocido en todo el mundo por ocurrir en las conocidas fiestas de San Fermín de Pamplona, y cuya sentencia inicial generó protestas en todo el país, especialmente de mujeres.

AM.MX/dsc

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