Pablo Cabañas Díaz.
En los años setenta aparecieron los primeros estudios académicos que calificaron al sistema político mexicano en especial, al Partido Revolucionario Institucional y...
FRANCISCO RODRÍGUEZ
La narrativa estadounidense contenida en libros, películas y publicaciones autorizadas para exportación ha sido falsa con la verdad ocurrida desde el inicio de...
Francisco Rodríguez
Durante siglos, la lucha histórica mexicana ha sido entre conservadores y liberales, entre monárquicos y republicanos y, fundamentalmente, entre federalistas y centralistas. En...
Francisco Rodríguez
Las grandes obras hidráulicas, planeaciones económicas de avanzada, refinerías petroleras, expropiaciones agrarias, eléctricas, ferrocarrileras, de ampliaciones de la base productiva, legislaciones obreras y,...
El Pleno determina que el artículo 237 Bis del Código Penal para el Estado de Colima cumple con el principio de legalidad, ya que define con precisión las conductas que constituyen peculado y las sanciones para servidores públicos que desvían recursos públicos o los aplican a fines distintos del previsto.
La modificación establece que ninguna jubilación de servidores públicos podrá superar la mitad del salario de la persona titular del Ejecutivo Federal; con este límite, el Estado mexicano pone fin a las llamadas pensiones doradas, que durante años representaron cargas desproporcionadas para el presupuesto público.