Suprema Corte invalida ley que exigía autorización para manifestarse en Sonora

Fecha:

CIUDAD DE MÉXICO.— El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió —por mayoría de votos— invalidar una norma del estado de Sonora que obligaban a los ciudadanos a solicitar un permiso de las autoridades para realizar protestas o manifestaciones públicas.

La invalidez se da luego de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) interpusiera la acción de inconstitucionalidad 55/2024, cuestionando los artículos 109 y 110 de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial de Sonora, que establecía el requisito de una autorización previa para realizar movilizaciones.

⇒ La CNDH argumentó que estas normas convertían la protesta en una “excepción” condicionada a permisos estatales, abriendo la puerta a la censura previa y vulnerando las libertades de expresión y reunión.

En su resolución, la Suprema Corte determinó que el requisito de autorización previa para realizar manifestaciones era inconstitucional, además de advertir que esta exigencia tenía un “efecto inhibidor” al generar temor entre la ciudadanía, lo que podía silenciar el disenso político.

Se declaró la invalidez parcial del artículo 109 que regulaba “la realización de manifestaciones”, eliminando así la necesidad de cualquier permiso para protestar. En cuanto al artículo 110, éste debe verse como un aviso previo para que las autoridades puedan tomar medidas de protección y logística.

⇒ Los ministros reconocieron la protección de las manifestaciones espontáneas, aquellas que surgen como reacción inmediata a un hecho, ya que sería imposible exigirles un aviso anticipado.

Asimismo, se reconoció la protesta social pacífica como un derecho humano y esencial para la democracia, calificándola como “el primer derecho”, al ser la herramienta histórica mediante la cual la ciudadanía ha conquistado libertades frente al poder, pero también como “el último derecho”, porque constituye el resguardo final cuando otros canales de comunicación o instituciones fallan.

Con esta resolución de la Suprema Corte, el artículo 109 de la ley en Sonora se limitará a regular eventos distintos de las manifestaciones ciudadanas, como desfiles o actividades deportivas. En tanto, el artículo 110 deberá interpretarse siempre como un aviso, subordinado al derecho a expresarse libremente en la vía pública.

Te recomendamos: 

OTRAS INQUISICIONES: 2026: El año de las decisiones difíciles

AM.MX/dsc

Redacción/dsc
Redacción/dsc
Periodista en crecimiento; siempre buscando algo que contar.

Compartir

Popular

Artículos relacionados
Related

TlacuACH Fest llevará música de The Beatles a Plaza Manuel Tolsá

TlacuACH Fest llegará el 16 de agosto a la Plaza Manuel Tolsá con un ensamble sinfónico dedicado a The Beatles. Bajo la dirección de The Big Bens, el encuentro gratuito reunirá canciones emblemáticas de la banda y promoverá convivencia comunitaria, acceso cultural y apropiación del espacio público del Centro Histórico.

‘Tus dos muertos’ llegará a cines con un thriller sobre corrupción, culpa y justicia

Tus dos muertos, dirigida por Daniel Castro Zimbrón, se estrenará el 20 de agosto con una historia de cine negro centrada en corrupción, culpa y justicia. Basada en la novela de Jorge Alberto Gudiño Hernández, sigue a un policía judicial marcado por su pasado durante una investigación de secuestro político.

Colonia Guerrero tendrá Caminos Seguros y rehabilitación de 17 escuelas con programa capitalino

Clara Brugada anunció una intervención integral en la colonia Guerrero con Caminos Seguros, rehabilitación de 17 escuelas, una posible Utopía y nuevos servicios de salud, cuidados y seguridad. La estrategia también incorporará Territorios de Paz e Igualdad, una Aldea Juvenil y apoyos laborales para habitantes de la zona capitalina central.