viernes, noviembre 29, 2024

SILABARIO DE POLÍTICA: Chamaqueados por jueces de la SCJN

Moisés EDWIN BARREDA
Nos chamaquearon. Nos vieron la cara los once ministros de la Suprema Corte de Justicia –de veras libre desde julio del 18. Eliminaron el desacuerdo acerca de la constitucionalidad o no de la consulta pública sustituyendo la pregunta “¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delitos por parte de los ex presidentes…? con otra que prácticamente evita juicio penal a esos individuos responsables de la casi ruina del país y la nación.
Así acabó el pleno y resultó burlesco el impecable argumento jurídico político con que Arturo Zaldívar LdL, ministro presidente del tribunal, explicó por qué votaría contra el proyecto con que su par Luis María Aguilar Morales buscaba declararan inconstitucional la consulta popular; nos hizo creer que al fin se respetaba la decisión manifiesta en las urnas, de instaurar en México la democracia real y participativa, no la simulada que nos recetaron los oligarcas que se hicieron con el poder desde 1916 al imponer a Venustiano Carranza como Presidente de la República, y sus descendientes políticos y/o consanguíneos..
Se salieron por peteneras, pues lo que estaba a debate con técnica jurídica era la constitucionalidad de la consulta pública, no el interrogante.
La proterva pregunta, entre rebuscada y rebuznada, entre anfibológica por cantinflesca con que tirios y troyanos se conformaron es ¿Está de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminados a garantizar justicia y los derechos de las posibles víctimas?
Se dibuja que para conciliar intereses en el seno de la SCJN, los ministros que se plegaron al artículo 39 constitucional aceptaron la modificación a la pregunta que los derrotados propusieron para no quedar tan mal ante los intereses políticos y económicos que protegen como muchos de sus antecesores; hicieron refulgir nuevamente las razones que adujo el Ejecutivo en diciembre del 1994 para modificar el artículo 94 constitucional y con ello el estatus y atribuciones del tribunal.
El artículo 94 reformado quedó así: “Se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Suprema Corte de Justicia, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, en Juzgados de Distrito y en un Consejo de la Judicatura Federal . “La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de once Ministros y funcionará en Pleno o en Salas.”
Y de pasadita, si se hizo esa modificación fundamental al estatus de la SCJN, ¿por qué no reformar el párrafo del mismo precepto que reza “La remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal no podrá ser disminuida durante su encargo.”?
No olvidemos el antagonismo entre el gobierno federal y el precitado tribunal desatado precisamente por Aguilar Morales como ministro presidente del mismo, al batear con toda su energía, recursos y pretextos la petición gubernamental de reducir el estipendio, de 600 mil pesos mensuales de los jueces constitucionalistas, sueldo inmoral dada la desigual escala salarial que prevalece en el país y que es el más alto del mundo en instituciones de ese género.
Es lamentable la conducta del ministro Aguilar Morales, de amplia y bien cimentada carrera judicial; no pocos la atribuyen a que su inserción en ese tribunal el primeo de diciembre de 2009 se la debe al presidente espurio Felipe Calderón, enemigo a ultranza del actual régimen no sólo porque no es tapadera de su gobierno multicriminal, sino porque lo encabeza precisamente Andrés Manuel López Obrador, a quien reconoce como enemigo a vencer porque mediante fraude electoral cocinado en connivencia con Vicente Fox y la dictadura de partido, despojó de la Presidencia que el pueblo le entregó en julio de 2006.
Empero, es triunfo del pueblo el que se haya reconocido constitucional la consulta popular. Fue parto muy complicado porque nuevamente en el seno del tribunal se cruzaron los muchos y sucios intereses de particulares –de los ex Presidentes en este caso– y el de cinco ministros comprometidos por mal interpretada gratitud a defenderlos.
La consulta popular quedó encuadrada por partida doble en la Constitución por el citado reconocimiento de la SCJN y el artículo 35 de la propia Carta Magna.
De poco o nada servirá si no se legisla para que sea obligatoria y el pueblo decida si al terminar su mandato, los Presidentes de la República y cualquier otro funcionario son sometidos o no, aquí sí a “…proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminado(a)s a garantizar justicia y los derechos de las posibles víctimas” y se les apliquen las sanciones que ameriten.

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