SCJN valida constitucionalidad de la Ley Eléctrica de AMLO

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CIUDAD DE MÉXICO.— Con cuatro votos, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frenó la declaratoria de inconstitucionalidad de la prevalencia de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en la producción y comercialización de energía eléctrica por encima de las empresas del sector privado, incluida en la Ley de la Industria Eléctrica.

Durante la sesión de este jueves, los votos que avalaron la propuesta de declarar la constitucionalidad de esta parte central de la reforma eléctrica promulgada en marzo de 2021 fueron: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Yasmin Esquivel Mossa, la ponente Loretta Ortiz Ahlf y el voto decisivo fue del ministro Arturo Zaldívar.

⇒ Con esto, la intención de siete de los ministros de declarar que esta porción de la reforma es inconstitucional por violar el principio de libre competencia (al dar prioridad a la CFE en el despacho de energía) y el derecho al medio ambiente fue frenada definitivamente. Se necesitaba ocho votos para ello.

Al no haberse obtenido una mayoría, se desestima la acción de inconstitucionalidad sin hacer ningún pronunciamiento, lo que abre el camino para presentar nuevos amparos relacionados a esta ley. Aún quedan pendientes dos proyectos para ser aprobados, uno de los cuales está relacionado con la protección al medio ambiente.

La discusión

Después de las 11:00 horas dio inicio la discusión del proyecto de la ministra Loretta Ortiz, el cual planteaba determinar la validez del decreto por el que se reforman y agregan disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, que se publicó el pasado 9 de marzo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo afirmó no compartir el mismo sentido del proyecto por resultar contrario a la Constitución, pues aseguró que la Ley Eléctrica da privilegios al cumplimiento de entrega de energía limpia y no a la generación con un menor precio a los usuarios.

Por lo consiguiente resaltó que priorizar a la CFE genera una alteración en la libre competencia y es contrario a los artículos 25, 27 y 28, hecho que alertó que afectará a los consumidores porque se desincentivará que los costos sean menores para los usuarios finales.

El ministro Luis María Aguilar también destacó que las normas impugnadas son una barrera para la libre competencia si se llega a favorecer a la CFE, ya que no habría una igualdad de condiciones. Javier Laynez y Juan Luis González Alcántara también consideraron inconstitucional priorizar a CFE mediante el despacho de energía y también rechazaron que sean eliminadas las subastas para adquirirlo.

La ministra Margarita Ríos-Farjat también consideró inconstitucional quitar las subastas como mecanismo de acceso a la venta de energía entre contratos que son de un mismo tipo.  Por su parte, la ministra Norma Lucía Piña consideró que esta ley configura un sistema normativo que inhibe “claramente” los esfuerzos de reducir la dependencia a combustibles fósiles en la producción de energía.

En el caso del ministro Alberto Pérez Dayán fue enfático al asegurar que las reformas a esta ley transgreden “directamente” el régimen constitucional del mercado eléctrico. “El desarrollo que apuesta al tiempo y no atiende a los principios de competencia por virtud de su eficiencia, sus costos o su limpieza”, afirmó.

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AM.MX/dsc

Redacción/dsc
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