CIUDAD DE MÉXICO.- En 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene la vigilancia sobre los depósitos que reciben los contribuyentes en sus cuentas bancarias. Aunque no se trata de un “nuevo impuesto”, sí hay mayor fiscalización y cruces de información con bancos, plataformas digitales y otras instituciones. Por eso, es importante saber qué depósitos podrían obligarte a presentar declaración o aclarar su origen.
Lo primero que debes tener claro es que el SAT no cobra impuestos por recibir dinero en sí mismo, sino por los ingresos que generas. Es decir, si el depósito corresponde a una actividad económica, venta, renta o servicio, debe estar declarado, sin importar si fue en efectivo, transferencia o depósito en ventanilla.
Si ofreces productos por redes sociales, haces trabajos freelance o prestas servicios y recibes transferencias, esos ingresos deben reportarse. Aunque sean montos pequeños y frecuentes, el SAT puede detectarlos si hay discrepancia entre tus gastos e ingresos declarados.
Los bancos reportan al SAT los depósitos en efectivo que superan los 15 mil pesos mensuales por persona. Esto no significa que automáticamente debas pagar impuesto, pero sí que la autoridad puede revisar si ese dinero corresponde a ingresos formales.
Si trabajas mediante aplicaciones de transporte, reparto o renta de inmuebles, los pagos que recibes están sujetos a retenciones y deben incluirse en tu declaración anual, incluso si ya hubo descuentos automáticos.
Si rentas una casa, departamento o local y recibes depósitos mensuales, esos ingresos son acumulables y deben declararse. No importa si el contrato es informal; para el SAT sigue siendo una actividad que genera impuestos.
Quienes trabajan por honorarios deben emitir factura y declarar cada pago recibido. Si el dinero llega a tu cuenta sin comprobante fiscal, puede considerarse ingreso no declarado.
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