lunes, diciembre 9, 2024

Reforma 3 de 3 impedirá que agresores de mujeres lleguen a cargos públicos, señala estudio del IBD

CIUDAD DE MÉXICO.- El pasado miércoles 24 de mayo la Comisión Permanente emitió la declaratoria de la reforma constitucional en materia de suspensión de derechos para ocupar cargos, empleos o comisiones del servicio público, mejor conocida como “3 de 3” y, en caso de ser publicada por el Ejecutivo en este mes, será aplicable para el proceso electoral de 2024, de acuerdo con una nota elaborada por la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD).

El documento titulado “La reforma constitucional 3 de 3 contra la violencia”, elaborado por la investigadora Lorena Vázquez Correa, explica que esta reforma, aprobada por el Senado el 28 de abril de 2023, establece que las personas que hayan sido sentenciadas por actos de violencia de género no podrán ser registradas como candidatas ni podrán ser nombradas para empleos, cargos o comisiones en el servicio público.

Lo anterior contempla a delitos cometidos contra la vida y la integridad corporal, la libertad y seguridad sexuales, o el normal desarrollo psicosexual; violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica; violencia política contra las mujeres en razón de género, e incorpora también a los deudores alimentarios.

El documento del IBD recuerda que, en el proceso de electoral de 2021, el INE ya había aprobado lineamientos en un sentido similar a la reforma constitucional “3 de 3”, los cuales fueron neutralizados por los partidos por medio de impugnaciones presentadas ante el TEPJF, que resolvió que el INE carecía de atribuciones en esta materia.

Aunque, por otro lado, destaca que la SCJN ha emitido diversas resoluciones en relación con los supuestos de la 3 de 3 contra la violencia establecidos en legislaciones locales, en las que ha declarado su validez.

La reforma constitucional 3 de 3 contra la violencia se suma a la reciente creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, con el cual se impedirá también a los deudores alimentarios realizar actividades como la compra y venta de inmuebles, obtener documentos de identidad como pasaporte o licencias de conducir, para contraer matrimonio, así como postularse a cargos de elección popular o aspirar a ser jueces locales y federales.

Finalmente, la nota señala que, en caso de que el Ejecutivo Federal publique la reforma “3 de 3” antes de que concluya el mes de mayo -y si los partidos políticos cumplen su compromiso público de no impugnarla- la medida se aplicará en el proceso electoral federal de 2023-2024, en el que se renovarán diputaciones, senadurías, ayuntamientos, gubernaturas y la Presidencia de la República.

El estudio completo del IBD se puede consultar en la siguiente dirección: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/5974
AM.MX/fm

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