Redefinir concepto de subcontratación y tercerización propone iniciativa de Morena

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  • Establece la existencia de un salario mínimo profesional para el trabajo en régimen de subcontratación, de acuerdo al documento del diputado Ulises Munguía 

CIUDAD DE MÉXICO, 8 de noviembre (AlMomentoMX).— Redefinir el concepto de surbcontratación y tercerización, así como reivindicar los derechos laborales, propone el diputado por Morena, Ulises Murguía Soto, en su Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

En el documento presentado al Legislativo señala el alcance de las obligaciones en materia de seguridad social, así como laborales a cargo del contratista; establece que el contratante tendrá la calidad de patrón en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, además de establecer la existencia de un salario mínimo profesional para el trabajo en régimen de subcontratación.

El legislador expone que la STPS junto con la Secretaría de Economía establecerán un sistema de gestión de calidad para asegurarse que los contratistas cumplan con un mínimo indispensable de requisitos que garanticen la calidad de sus servicios.

Se impone como requisito para ser contratista el estar inscrito en el Registro Nacional de Empresas de Subcontratación y mantener dicho registro, y se establece como medio de regulación las inspecciones que mensualmente llevarán a cabo la STPS, el IMSS y el INFONAVIT para asegurarse de que se cumplen las obligaciones laborales y de seguridad social.

Se establecen documentos que el contratista debe entregar al contratante para garantizar su solvencia y su formal constitución, entre ellos las opiniones de cumplimiento del SAT y del IMSS que acrediten que el contratista paga correctamente sus impuestos y cargas sociales.

La iniciativa prohíbe específicamente transferir de manera deliberada a los trabajadores para disminuir sus derechos, crear relaciones de simulación que oculten una relación laboral, así como las relaciones de insourcing.

También la utilización del régimen de subcontratación en forma dolosa, en beneficio de intereses particulares o en perjuicio de los derechos laborales y de seguridad social de los trabajadores, así como con la intención de contar con beneficios fiscales mediante la simulación, indicando no solamente la sujeción a las leyes (penales, fiscales, etc.) sino también previendo multas entre 250 a 5000 UMAs.

AM.MX/cctp

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