CIUDAD DE MÉXICO, 17 de julio (AlmomentoMX).-Cuando nos contrata una empresa difícilmente imaginamos que nos despedirá. Empezamos con optimismo, con la idea de dar resultados y hacer carrera, y así pueden pasar meses o años y seguimos sin pensarlo. De repente cambia la situación y te avisan que la relación de trabajo llegó a su fin.
Pero has cumplido con tus tareas y procuraste no dar motivo alguno para ser despedido, ¿qué puedes hacer al respecto?
Gloria Molina, asesora legal de OCCMundial, nos ayuda a responder estas dudas.
¿Cómo saber si en realidad es me despiden injustificadamente?
Siempre debes conocer la razón por la cual te despiden. Si no te la dicen, pregúntala: es la forma de evaluar si se justifica o no tu separación de la empresa.
En el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo (consúltala aquí) encontrarás las causas por las que un patrón puede despedirte sin responsabilidad alguna para él: entregar documentos falsos o haber mentido sobre tus capacidades para el puesto, violencia, daños intencionales, revelar secretos de la compañía, faltar más de tres veces en un periodo de 30 días, llegar a las instalaciones en estado de embriaguez, etcétera.
De no alinearse el motivo que te dan con alguno de los 15 puntos que marca la ley, podría decirse que es injustificado.
También es necesario que leas las cláusulas de tu contrato y del reglamento interno de la empresa. Ahí pueden manejarse situaciones más específicas, pero ninguna de ellas tiene más peso que las de la LFT.
10 cosas que NO debes hacer si te despiden:
¿Debo firmar algo si no estoy de acuerdo con lo que me ofrecen?
Si consideras que está mal calculado el finiquito o liquidación que te proponen, la recomendación es no firmar nada, ya que al momento de hacerlo deslindas a la empresa de toda responsabilidad.
Pero, además, tienes que salir de inmediato de las instalaciones. Si ya te corrieron y permaneces más tiempo en ese lugar, después no podrás alegar que fue un despido injustificado.
¿En dónde me quejo? ¿Necesito forzosamente un abogado?
Tienes dos meses para quejarte y sí necesitarás un abogado –de preferencia enfocado en asuntos laborales– que te acompañe a la Junta de Conciliación y Arbitraje. Ahí, como su nombre lo indica, será el lugar en donde, a través de un mediador, buscarán que se llegue a un acuerdo.
Te pedirán documentos que prueben la relación o nexo con la empresa: contrato de trabajo, recibos de nómina o alguno otro. (Será bueno que desde hoy tengas a la mano varios de ellos.)
También podrás acercarte a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) en donde te asesorarán sin costo y podrán ayudarte en caso de que tus recursos estén limitados para defenderte legalmente, asignándote un abogado.
Teléfonos de orientación laboral: 5134 9800 – 01800 911 7877 – 01800 717 2942.
Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
Horarios: de lunes a viernes de 8:30 a 16:30 horas
Página web: profedet.gob.mx
¿Cuánto cobra un abogado por llevar este tipo de casos? ¿Se le paga al principio o al final?
Depende de cada profesionista en Derecho, desde el costo hasta la forma de pago. Algunos cobran por horas o por mes; con otros se acuerda una parte al inicio y lo demás al final del asunto; unos más por fase procesal (una cantidad por ir a la Junta de Conciliación, otra si se va a juicio, etcétera), y en ocasiones se acuerda un porcentaje sobre el monto total ganado. Generalmente (ojo, no siempre) se habla de un 30 %.
Atención: en caso de no tener un resultado positivo en la demanda, de todos modos deberás pagarle al abogado. Y es muy importante aclarar eso desde un inicio.
¿Cuánto tiempo duran las demandas laborales?
Es muy variable. Algunos casos pueden extenderse a muchas pruebas, testigos, documentos…
De acuerdo con una reforma hecha el 1 de diciembre de 2012 a la LFT, y con el fin de acelerar los procesos y no alargarlos de más, la cantidad máxima de salarios caídos que pueden pagarte es de 12 meses.
Lo que debes saber sobre tu recibo de nómina
¿A una persona puede afectarle estar en un proceso jurídico para obtener un nuevo empleo?
Como tal, no hay un medio oficial para que te boletinen o se sepa que demandaste a tu última empresa; pero sí hay páginas de internet que se dedican a tener los pleitos. Son de paga.
Al estar en un proceso de contratación es recomendable no mencionarlo. Sin embargo, sí deberás estar consciente de que a veces –no siempre– tendrás que acudir a audiencias. Al menos al principio de la demanda.
Demandar, ¿sí o no?
Depende de cada persona. Tienes que hacer una balanza entre el dinero que buscas recibir, el tiempo que invertirás y las pruebas con las que cuentas.
Si quieres pelear por una cantidad que tú consideras justa, pero a la vez destinarás una gran parte en el abogado… podrías replantear la situación.
Puede ser lo contrario: que sepas que es una suma importante de dinero y que te alcanzará para cubrir todos los gastos. Entonces vale la pena ir hasta el final de la querella.
Nadie dice que sí o que no. Sólo evalúa bien todas las posibilidades.
Aclarando el mito urbano: ¿es verdad que casi siempre gana el trabajador?
Generalmente, el juez interpreta la ley a favor del trabajador. Ésa es una ventaja, aunque –claro– no quiere decir que ganarás. Si tú no tienes las pruebas suficientes y el patrón sí, entonces el fallo podría ser adverso.
AM.MX/fm