Ciudad de México, 30 de junio (AlmomentoMX). – La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) publicaron un Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación para prohibir el uso de redes de enmalle en el Alto Golfo de California.
La medida busca contribuir a la protección y recuperación de la vaquita marina (Phocoena sinus), cetáceo endémico que tiene su hábitat en esta región.
La SAGARPA emitió un Acuerdo en el cual da a conocer la ampliación, por tercera ocasión, de la vigencia de la suspensión temporal de pesca comercial mediante el uso de redes de enmalle cimbras y/o palangres operadas en embarcaciones menores en la zona.
El documento especifica que la restricción de captura será hasta el 31 de agosto de este año.
La vaquita marina es una especie catalogada en peligro de extinción debido a la amenaza que representa la pesca ilegal de la totoaba; su muerte incidental se provoca cuando queda atrapada en redes de enmalle como denominadas “agalleras”.
La prohibición permanente de dichas redes responde a la medida solicitada por expertos para eliminar la principal amenaza para la vaquita marina.
El acuerdo establece sitios de desembarque y prevé el uso de sistemas de monitoreo para favorecer el cumplimiento de la norma.
También regula sitios de desembarque y faculta a la autoridad para implementar sistemas de monitoreo en dichas embarcaciones.
Las citadas medidas de pesca no se podrán transportar en embarcaciones o por cualquier otro medio terrestre o aéreo de la zona.
Se prohíbe, adicionalmente, las actividades de pesca nocturna con embarcaciones menores, incluyendo la pesca deportivo-recreativa.
Los pescadores estarán obligados a informar a la autoridad pesquera sobre la pérdida o extravío de artes de pesca durante sus maniobras, esto con el objetivo de limpiar la zona de redes fantasma o abandonadas.
Quedarán exceptuadas de la prohibición anterior las redes usadas al cerco mediante el sistema de pesca de encierro, siempre y cuando se autoricen en los permisos de pesca expedidos por la autoridad pesquera y bajo previa opinión técnica del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA).
La vigilancia del cumplimiento de este acuerdo estará a cargo de la SAGARPA, por conducto de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA).
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) y la intervención de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) también monitorearán las zonas marinas en coordinación con la Secretaría de Marina Armada de México (SEMAR).
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