CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que registra, en el periodo comprendido entre septiembre de 2025 y marzo de 2026, una consolidación en su capacidad resolutiva, acompañada de la emisión de criterios con impacto directo en la garantía de los derechos humanos y en el fortalecimiento del orden constitucional.
En estos siete meses, el Pleno ha alcanzado un promedio superior a 14 asuntos resueltos por sesión, lo que confirma una tendencia de eficiencia institucional. Como parte de los elementos distintivos de esta etapa, destacó la realización de la primera sesión extraordinaria en territorio, en Tenejapa, Chiapas, en la que se resolvieron asuntos vinculados con pueblos y comunidades indígenas, así como con patrimonio cultural de las entidades federativas.
Dicho ejercicio refleja una función jurisdiccional cercana a los contextos sociales y culturales del país. En ese marco, el Alto Tribunal ordenó garantizar el derecho al autogobierno y a la libre determinación de la comunidad indígena de La Candelaria, Chiapas, así como la adecuación del marco normativo local para reconocerles como sujetos de derecho público conforme al artículo 2° constitucional.
A su vez, se validó la facultad del estado de Hidalgo para reconocer expresiones culturales como patrimonio cultural inmaterial de la entidad. Además, durante febrero y marzo de 2026, la SCJN emitió criterios de especial relevancia en materia de derechos humanos. Entre ellos, se estableció un estándar reforzado para el análisis de casos de desaparición forzada de mujeres defensoras de derechos humanos, que exige la incorporación del análisis de contexto, valoración de prueba circunstancial y perspectiva de género, sin invertir la carga de la prueba.
De igual forma, se declaró la inconstitucionalidad del requisito de cinco años de convivencia para acreditar el concubinato en el acceso a servicios de salud y pensiones ante el ISSSTE y se validó el régimen que limita el incremento de rentas en la Ciudad de México a la inflación anual del año anterior.
De igual forma, se reconoció el sistema normativo indígena de la comunidad rarámuri de Tehuerichi, en Chihuahua, otorgando validez jurídica a las constancias emitidas por sus autoridades tradicionales para efectos registrales, lo que fortalece el derecho a la identidad y el pluralismo jurídico. También confirmó la constitucionalidad del Decreto que estableció como Área Natural Protegida a Yum Balam, en Quintana Roo, así como su Programa de Manejo, al considerar que las limitaciones al uso y aprovechamiento de las tierras son modalidades legítimas de la propiedad.
En el ámbito de los derechos sociales, el Pleno determinó que la gratuidad en la educación superior comprende los elementos necesarios para la titulación, al impedir la imposición de cargas económicas indebidas al estudiantado y reconoció el derecho de las personas que habitan en asentamientos irregulares a recibir un mínimo vital de agua potable, sin exigirles requisitos formales para acreditar su domicilio, privilegiando una perspectiva de acceso efectivo a los derechos.
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