Presidencia solicita a la Corte revertir suspensión del ‘Plan B’ electoral

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CIUDAD DE MÉXICO.— El presidente Andrés Manuel López Obrador, a través de la Consejería Jurídica de la Presidencia, solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revertir los acuerdos que admiten a trámite la demanda y ordenan suspender los efectos del “Plan B en materia electoral.

En un comunicado, la dependencia federal argumentó que el máximo tribunal debió negar la suspensión solicitada por el Instituto Nacional Electoral (INE), pues la Constitución prohíbe a la Corte tramitar este tipo de controversias en contra de leyes electorales, como son el conjunto de normas que integran el “Plan B”.

“El Poder Judicial también tiene límites en su actuar, los cuales están enunciados expresamente en la Constitución y en las leyes que emite el Poder Legislativo. Se espera que el máximo tribunal constitucional revoque, tanto la admisión, como la suspensión de las leyes electorales aprobadas por el Congreso de la Unión, y así preservar los equilibrios entre los Poderes de la Unión”.

Asimismo, la SCJN debió negar la suspensión solicitada por el INE porque su otorgamiento contraviene el artículo 14, segundo párrafo, de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución, que a la letra dice: “La suspensión no podrá otorgarse en aquellos casos en que la controversia se hubiere planteado respecto de normas generales”.

Nunca en la historia de nuestro máximo tribunal había ocurrido que un solo juez constitucional suspendiera la vigencia de cuatro leyes y que, de forma unilateral, ordenara “revivir” las disposiciones modificadas por el Congreso de la Unión, lo cual constituye una evidente violación al principio de división de poderes”.

Además, señaló que el Poder Judicial también tiene límites en su actuar, los cuales están enunciados expresamente en la Constitución y en las leyes que emite el Poder Legislativo. Ante ello, “se espera que el máximo tribunal constitucional revoque, tanto la admisión, como la suspensión de las leyes electorales (…) y así preservar los equilibrios entre los Poderes de la Unión”.

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En el recurso presentado, la Presidencia recordó que al resolver el recurso de reclamación 123/2022-CA, la Segunda Sala de la SCJN negó en 2022 al Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) la suspensión de la ley electoral que modificaba su organización administrativa al tratarse de una norma general que no puede ser materia de suspensión en una controversia constitucional.

Ante ello, la Consejería Jurídica de la Presidencia cuestionó: “¿Es razonable y congruente que los jueces constitucionales se separen de las prohibiciones expresas que establece la Constitución y las leyes que expide el Congreso de la Unión, así como de sus propios precedentes vigentes y obligatorios? La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal concluye que no”.

“Ahora bien, para conceder la suspensión del “plan B” se sostuvo que las leyes electorales cuestionadas ‘podrían’ (acto futuro e incierto) causar afectaciones a los derechos humanos, sin explicar cómo la entrada en vigor de la reforma ocasionaría una alteración irreparable a los derechos político-electorales de la ciudadanía, cuando es evidente que no existe un proceso electoral federal en curso y, para los comicios de Coahuila y México no tiene aplicación esta reforma, por lo cual no existen elementos objetivos que permitan presumir que la modificación administrativa al INE amenazaba la funcionalidad de nuestro régimen democrático”.

Se aseguró que nunca en la historia de la SCJN había ocurrido que un solo juez constitucional suspendiera la vigencia de cuatro leyes, lo cual constituye una evidente violación al principio de división de poderes. “Por este y otros razonamientos lógico-jurídicos, la consejería promovió ante la SCJN los recursos de reclamación para revertir estos fallos inauditos”, indicó.

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AM.MX/dsc

Redacción/dsc
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