Piden otorgar licencias a madres y padres trabajadores de hijas o hijos con padecimiento diagnosticado en estado terminal

Fecha:

CIUDAD DE MÉXICO.- La diputada Brenda Espinoza López (Morena) planteó, a través de una iniciativa, otorgar licencia a madres o padres trabajadores asegurados, con hijas o hijos de hasta dieciséis años con padecimiento diagnosticado en estado terminal.

La modificación propuesta a las leyes del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y Federal del Trabajo, busca eliminar el trato diferenciado para el otorgamiento de la licencia a padres y madres de niñas, niños y adolescentes con cáncer, respecto de aquellos que han sido diagnosticados con una enfermedad diferente pero terminal.

El documento, enviado a las comisiones unidas de Seguridad Social y de Trabajo y Previsión Social, precisa que gozarán de esa licencia con la intención de acompañar a sus hijas o hijos en sus correspondientes tratamientos médicos.

Lo anterior, para ausentarse de sus labores en caso de que el niño, niña o adolescente requiera de descanso médico en los periodos críticos de tratamiento o de hospitalización, de acuerdo a la prescripción del médico tratante, incluyendo, en su caso, el destinado al alivio del dolor y los cuidados paliativos por cáncer avanzado y/o cualquier otro padecimiento diagnosticado en estado terminal.

Detalla que dado el Estado de derecho en el que se vive y en estricta concordancia con los artículos 1º, 4º y 5º de la Constitución Política, lo deseable es que se den licencias a las madres y padres que tienen hijas o hijos menores de 16 años, diagnosticados en etapa terminal, para que puedan acompañar a sus pacientes en sus tratamientos y con las mismas reglas con las que cuentan las madres y padres que tienen pacientes diagnosticados con cáncer de cualquier tipo.

Esto es, refiere, que las licencias tendrán una vigencia de uno y hasta 28 días. Podrán expedirse tantas licencias como sean necesarias durante un periodo máximo de tres años sin que excedan 364 días de licencia, tal y como lo señala la norma vigente, con el fin de no discriminar a nadie por la condición de salud.

La iniciativa comprende reformas al primero y segundo párrafos del artículo 140 bis de la Ley del Seguro Social; al primero y segundo párrafos del artículo 37 Bis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y al artículo 170 Bis de la Ley Federal del Trabajo.
AM.MX/fm

Compartir

Popular

Artículos relacionados
Related

FIL Zócalo 2026 ofrecerá 266 actividades gratuitas del 9 al 18 de octubre

La FIL Zócalo 2026 se realizará del 9 al 18 de octubre con 353 editoriales, 266 actividades gratuitas y 12 mil libros para regalar. Su programación incluirá conciertos, talleres, presentaciones editoriales, debates políticos y propuestas infantiles en cuatro foros temáticos.

CONFE y el Consejo de la Comunicación lanzan campaña “ponme a prueba” para impulsar la inclusión laboral de personas con discapacidad intelectual

La campaña cuestiona frontalmente los prejuicios en la contratación: ¿cuántas oportunidades se pierden por asumir que alguien no es capaz antes de evaluarlo? El objetivo es pasar de la teoría y las suposiciones, a una inclusión laboral real y sin discriminación.

Cómo integrar redes sociales, ecommerce y tiendas físicas

El primer eslabón entre canales es la información del producto. Si una creadora expone una prenda, el cliente debe poder identificar el modelo, ver sus características y resolver sus dudas donde prefiera comprar

El Ñero, exposición del muralista Daniel Manrique llega a la Galería José María Velasco

La exposición también muestra su aportación como miembro del colectivo Tepito Arte Acá a partir de la década de 1970, movimiento que se apropió de los espacios públicos para convertirlos en obras de arte.